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23 de Diciembre de 2013

Justicia condena a La Polar a pagar 24 millones de pesos por publicidad engañosa

La acción judicial fue interpuesta por el Sernac en mayo del año 2012, luego de detectar que en la página web de la compañía y en el estado de cuenta que se les envió a los consumidores en marzo del 2012 se incluía el mensaje “Nuestro contrato está 100% ajustado a las exigencias del Sernac Financiero”, cuando éste aún no se aprobaba.

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La Corte Suprema confirmó lo obrado por la Corte de Apelaciones de Santiago y condenó a la multitienda La Polar a pagar una multa de 600 UTM (más de 24 millones de pesos) por utilizar en su publicidad mensajes que inducían a error o engaño a los consumidores

La acción judicial fue interpuesta por el Sernac en mayo del año 2012, luego de detectar que en la página web de la compañía y en el estado de cuenta que se les envió a los consumidores en marzo del 2012 se incluía el mensaje “Nuestro contrato está 100% ajustado a las exigencias del SERNAC Financiero”.

A juicio del organismo estatal, La Polar intentó inducir a error o engaño a los consumidores, pues a esa fecha todavía no se aprobaban los reglamentos que establecían las normas particulares de la nueva ley, por ende, no existían los parámetros objetivos que le permitieran a la compañía comprobar dicha afirmación.

Tras analizar los antecedentes, el tribunal le dio la razón a Sernac al determinar que “es falso afirmar que un contrato se encuentra ajustado a las normas del Sernac Financiero si esas normas no se encontraban especificadas reglamentariamente al momento de difundir la publicidad”.

El tribunal de alzada agregó que con este mensaje publicitario la empresa produjo indudablemente una confusión en los consumidores, quienes se encuentran en una posición de debilidad frente a la compañía respecto del acceso a la información.

Tras esta sentencia, la empresa recurrió ante la Corte Suprema a través de un recurso de queja, pero este recurso fue rechazado por el máximo tribunal del país, ratificándose la decisión emitida por la Corte de Apelaciones.

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