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15 de Febrero de 2017

Minera Dominga: las acusaciones que rondan al proyecto y al Servicio de Evaluación Ambiental

La organización de conservación marina Oceana denunció tres irregularidades en el proceso de evaluación ambiental e indicó que se desestimaron las observaciones de la Conaf.

Por Redacción
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El proyecto minero Dominga consiste en la construcción de dos minas a rajo abierto para la extracción anual de 12 millones de toneladas de hierro y 150 mil toneladas de concentrado de cobre en 22 años de vida útil.

Su construcción estaría cerca de las reservas marinas Islas Choros y Damas e Isla Chañaral, y de la Reserva Nacional Pingüino de Humboldt, donde se encuentra alrededor del 80% de la población mundial de esta especie.

Ante su eventual aprobación, la organización de conservación marina, Oceana, denunció ilegalidades en el proceso administrativo de evaluación del proyecto minero portuario Dominga, y solicitó al Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de Coquimbo que lo rechace por carecer de información esencial.

El proceso de evaluación ambiental contempla distintos pasos para que los servicios públicos hagan observaciones a los proyectos, las cuales son condensadas por la autoridad ambiental en un informe conocido como ICSARA, mientras que los titulares responden a través de un documento denominado Adenda. El reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) establece que los titulares pueden presentar hasta dos Adendas y de manera excepcional y justificada, una tercera.

“En los procedimientos de evaluación ambiental actuales, no se encuentra contemplada una Adenda 4, de modo que si no se logra ajustar un proyecto previamente, este debe ser rechazado”, advirtió Liesbeth van der Meer, Directora Ejecutiva de Oceana Chile. “En el caso de Dominga, las observaciones de los servicios públicos han sido contundentes y muchas de las preguntas todavía no han sido respondidas por el titular. A pesar de eso, el SEA abre un nuevo ICSARA, omitiendo gran parte de estas preguntas”, agregó van der Meer.

Por otra parte, Oceana denunció que el SEA de Coquimbo desestimó las observaciones realizadas por Conaf a Dominga, las cuales apuntaban a aspectos críticos del proyecto y que no habían sido respondidas por el titular en las Adendas anteriores.

La autoridad ambiental argumentó que el servicio forestal no tenía competencia para referirse a la contaminación por derrames de hidrocarburos o la preservación de los recursos hidrobiológicos de la Reserva Nacional Pingüino de Humboldt, pese a que esta se encuentra, por decreto, bajo la tuición y administración de Conaf.

“El hecho de que el SEA se atribuya una función que no le corresponde, como es la de fijar las competencias de otros servicios, constituye una gravísima falta a la ley. Al eliminar observaciones de Conaf, se allana el camino para la aprobación de un proyecto que a todas luces no cumple con la normativa ambiental”, señaló van der Meer.

Finalmente, y de acuerdo al reglamento del SEIA, uno de los requisitos mínimos de un Estudio de Impacto Ambiental es la descripción detallada de la línea de base, la que al estar incompleta o ausente, faculta al SEA para poner término anticipado al proceso de evaluación. En este caso, recién en el ICSARA N°4, la autoridad ambiental solicitó a Andes Iron que identificara especies que hasta la Adenda N°3 no habían sido consideradas ni caracterizadas por el titular.

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