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18 de Agosto de 2023

Restricción vehicular del viernes 18 de agosto: qué patentes no pueden circular

Carabineros y funcionarios municipales fiscalizarán el cumplimiento de la medida.

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La restricción vehicular está vigente hasta el 31 de agosto. AGENCIA UNO/ARCHIVO.
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Este viernes 18 de agosto es el último día de la semana en que rife la restricción vehicular, la que se aplica entre las 07:30 y las 21:00 horas.

La medida, que forma parte del Plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC) del Ministerio de Medio Ambiente, será fiscalizada por Carabineros junto con funcionarios municipales, con la ayuda de cámaras de seguridad vial.

¿Qué patentes no pueden circular?

Según el calendario del Ministerio de Transportes, las siguientes patentes no pueden salir a la calle este viernes 18 de agosto por la restricción vehicular:

  • Vehículos catalíticos, inscritos antes del 1 de septiembre de 2011: dígitos 0 y 1.
  • Vehículos no catalíticos, sin sello verde: dígitos 0, 1, 2 y 3.
  • Motos inscritas entre el 2002 y septiembre de 2010: dígitos 0 y 1.
  • Motos con año de fabricación anterior a 2002: dígitos 0, 1, 2 y 3.
  • Buses de pasajeros sin sello verde: dígitos 0, 1, 2 y 3.
  • Transporte de carga sin sello verde: dígitos 0, 1, 2 y 3.

Junto con ellos, están los autos sin sello verde y motos con año de fabricación anterior a 2002 no pueden circular dentro del anillo Américo Vespucio.

¿A qué multas se arriesgan los conductores?

Los conductores que no respeten la restricción se arriesgan a una multa que puede ir de 1 a 1,5 UTM, lo que equivale a un monto entre $63.199 y $94.798.

¿Hasta cuándo está vigente la restricción vehicular?

La restricción vehicular es una medida que se aplicará hasta el próximo 31 de agosto.

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