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6 de Diciembre de 2011

Ítalo Passalacqua intentará revertir fallo en la Corte Suprema

El periodista de CHV junto a su abogado, Hernán Calderón, acudirán a la Corte Suprema con el objetivo de revertir el fallo anunciado esta mañana por la Corte de Apelaciones, que lo obliga a pagar una suma de 7 millones de pesos a la familia de Felipe Camiroaga.

Por El Dínamo y Agencias
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El abogado de Italo Passalacqua, Hernán Calderón anunció que recurrirán a la Corte Suprema  para presentar un recursos de casación, para intentar revertir el fallo entregado esta mañana por la Corte de Apelaciones.

El principal argumento es que según el abogado, el proceso habría sido irregular, ya que uno de los testigos a favor de Felipe Camiroaga, Bibiano Castelló, habría tenido una relación de amistad con él en el minuto de testificar .

Esta decisión se tomó luego de que la Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago falló a favor del fallecido animador de televisión Felipe Camiroaga, por la demanda que interpuso por el delito de difamación en contra del periodista Ítalo Passalacqua y lo obligó a pagar una indemnización de $7 millones a la familia del conductor.

Los hechos se produjeron entre los días 5 y 7 mayo, instancia en la que el crítico de cine y televisión utilizó las pantallas para emitir juicios respecto de la vida familiar e íntima de Camiroaga.

El fallo, en votación unánime, determina que el profesional tuvo una actitud negligente con su profesión al emitir una serie de declaraciones que dañaron la honra del fallecido rostro de TVN.

No es excusa legítima de alguna parte del demandado el hecho de que se haya limitado ‘a repetir lo que había escuchado’, ni menos constituye eficaz defensa el que no haya sido sólo él sino ‘el programa todo o quienes integraban el panel“, dice la resolución.

Lo interesante del fallo es que a pesar de la muerte de Camiroaga, se asegura que eso no termina con la responsabilidad provocada por los dichos.

“Es cierto que antes de esta sentencia el actor falleció en un accidente aéreo. Empero, no sólo en vida tenía él derecho al respeto y protección de su vida privada y de su honra, sino también a la honra y vida privada de su familia, por lo que ese daño no se ha extinguido con su deceso ni en la memoria del señor Camiroaga ni respecto de su familia y círculo social y humano“, finaliza.

“Que la Constitución Política de la República, desde que declara que todas las personas nacen iguales “en dignidad”, asegura a todas ellas la protección a “la familia” (artículo 1°), y el “respeto a la vida privada y a la honra” no sólo “de la persona” sino que también la honra de “su familia” (artículo 19 N° 4). Y tan excelsa es esa protección que en su artículo 19 N° 26 les garantiza además “la seguridad” de que tales derechos “no podrán” ser afectados “en su esencia”. Por ello, no es excusa legítima alguna de parte del demandado el hecho de que se haya limitado “a repetir lo que había escuchado”, ni menos constituye eficaz defensa el que no haya sido sólo él sino “el programa todo o quienes integraban el panel” el responsable de lo dicho allí en lo relacionado con la vida privada y con la honra personal del actor y de su familia. Del mismo modo, tampoco mitiga su responsabilidad civil el hecho que no se haya tratado de un “programa periodístico” sino “de farándula” o “de chismes” como el demandado afirma en su escrito de dúplica. Si farándula es en forma figurada una “charla engañosa”, no se ve cómo en el marco de ella haya de admitirse el daño a la moral y a la honra de una persona ante todos los que se hallaban indeterminadamente al alcance ilimitado del programa de televisión”, dice el fallo.

En primera instancia la jueza del Décimo Juzgado Civil de Santiago, Gloria Solís Romero, había determinado la responsabilidad del periodista, pero valorado el daño moral en la suma de $ 5.000.000 (cinco millones de pesos).

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