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16 de Mayo de 2018

Proyecto busca evitar que condenados por abusos a menores se cambien el nombre

La iniciativa impulsada por la diputada Ximena Ossandón pretende evitar que abusadores se amparen en esta facultad de la ley para volver a cometer delitos.

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En Chile, cualquier persona puede acceder al cambio de nombre… incluso si han sido condenados por delitos tan graves como abuso sexual contra menores. Sin embargo, un proyecto de ley recientemente ingresado al Congreso pretende cambiar esta realidad.

La iniciativa impulsada por la diputada Ximena Ossandón toma como base el actual registro de inhabilitados por condenas respecto a menores, el que ha estado en tema de juicio por la demora de los Tribunales de Justicia en comunicar las sentencias por delitos sexuales. “Por tanto hay lapsos en los cuales no existe un registro actualizado acorde al número efectivo de condenados por estos delitos”, establece el documento presentado ante la Cámara.

A esto se suma que dicho registro consigna el nombre y apellidos de la persona condenada, relacionándola a su RUT o RUN. Sin embargo, estos primeros datos pueden ser modificados a voluntad del condenado “lo cual permite que muchas veces el cambio sea realizado a fin de ocultar la identidad y así no ser reconocidos como condenados dentro de su entorno social y laboral”.

“En cuanto al nombre, este es la principal forma de identificar a una persona dentro la sociedad y su familia, por tanto su cambio a fin de ocultar algún tipo de dato relacionado al mismo facilita la impunidad, obstaculiza el reproche social asociado a conductas ilícitas cuya comisión es especialmente sensible para la sociedad chilena actual, y a su vez facilita la reinserción del condenado en ambientes que podrían favorecer su reincidencia en los mismas conductas”, establece el proyecto.

De esta forma, se pide incluir en la ley el párrafo “no podrán ejercer el derecho que establece este artículo quienes hayan sido condenados por delitos sexuales contra menores y cuyo nombre conste en el Registro de Inhabilidades al cual hace mención el artículo 372 del Código Penal.”

En conversación con El Dínamo, la diputada Ossandón indicó que “esta es una práctica recurrente. Este tipo de delincuentes se protegen con el cambio de nombre, para así ocultarse socialmente y para volver a cometer ese tipo de fechorías”.

Si bien reconoce que en Chile se ha avanzado bastante en materia de protección de los menores en los últimos años, afirmó que esta prohibición “esto debería haber existido hace mucho tiempo” ante las denuncias de las mismas víctimas que han detectado este tipo de prácticas.

Asimismo, hizo un llamado a perfeccionar el actual registro de inhabilitados: “es muy difícil para las personas acceder a él: hay que conseguirse el rut de la persona, no hay un listado para revisar, sólo aparecen mayores de edad y se deja fuera a personas entre 14 y 17 años”, ejemplificó.

En esa línea, lamentó que “se haya hecho un avance tan grande como es el registro pero que sea de tan difícil acceso para la ciudadanía”.

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