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10 de Julio de 2018

Menor difunde fotos íntimas de su polola: padres deberán indemnizar a la víctima

Así, dejaron en claro que el joven "no debió divulgar, hacer circular de ninguna forma tales fotografías o permitir que ocurriera, pues fueron tomadas en el contexto de una relación íntima y privada", con una niña de 14 años.

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La Corte Suprema ordenó a los padres de un adolescente, que en 2014 tenía 15 años, indemnizar con tres millones de pesos a los afectados por la difusión de fotografías íntimas de su entonces polola.

Según la Primera Sala del máximo tribunal, se “estableció la responsabilidad de los padres demandados por la falta de vigilancia respecto del actuar negligente y culpable de su hijo”.

En fallo unánime, los magistrados recalcaron que el hecho “fue un atentado al deber de no causar daño que consagra nuestro ordenamiento jurídico sobre el cual se construye el sistema de la responsabilidad, por parte del hijo de los demandados”.

Así, dejaron en claro que el joven “no debió divulgar, hacer circular de ninguna forma tales fotografías o permitir que ocurriera, pues fueron tomadas en el contexto de una relación íntima y privada”, con una niña de 14 años.

Junto con ello, señalaron que su relación amorosa le dio contexto al registro de las fotografías, “que por su naturaleza no estaban destinadas sino que a mantenerse en ese contexto, siendo absolutamente previsible y lógico que su divulgación a través de las redes sociales afectaría a la involucrada, al verse expuesta a una vejación pública de esta índole, considerando por lo demás su corta edad”.

De este modo, este hecho “permite tener por configurado el primer presupuesto de la responsabilidad invocada, esto es, la existencia de un actuar negligente y culpable del hijo de los demandados”.

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