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8 de Octubre de 2019

Fallos del TC podrán ser revisados por la Corte Suprema

En fallo unánime, la Suprema determinó que sí es procedente impugnar una sentencia del Tribunal Constitucional mediante el recurso de protección, debiendo el tribunal respectivo determinar los efectos de la sentencia.

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tribunal constitucional
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La Corte Suprema podrá revisar los fallos del Tribunal Constitucional (TC). Así lo determinó este lunes la Tercera Sala del máximo tribunal del país, en un conflicto que enfrentó a la Confederación Nacional de Funcionarios Municipales de Chile (Asemuch) con el TC.

En fallo unánime, la Suprema determinó que sí es procedente impugnar una sentencia del Tribunal Constitucional mediante el recurso de protección, debiendo el tribunal respectivo determinar los efectos de la sentencia, desestimando así lo establecido anteriormente por la Corte de Apelaciones.

“No existe ninguna duda respecto de la autonomía e independencia del Tribunal Constitucional, sin que pueda otro órgano del Estado inmiscuirse en las materias que la ley y la Constitución han puesto bajo la órbita de su competencia. Empero, aquello no significa que, por su calidad de órgano autónomo, todas sus actuaciones queden al margen de la revisión que pueda hacer la jurisdicción conforme a los procedimientos que la propia Carta Política contempla y de la cual no se le ha excluido en dicho ordenamiento, como tampoco en la Ley Orgánica Constitucional respectiva”, establece el fallo.

Agrega: “La autonomía del Tribunal Constitucional se vincula exclusivamente con el ejercicio de las facultades que le han sido expresamente conferidas por el ordenamiento jurídico, ergo, las actuaciones del órgano, llevadas a cabo al margen de las atribuciones entregadas por la ley o la Constitución, pueden ser controladas por la vía jurisdiccional mediante esta acción constitucional”.

Respecto al reclamo de Asemuch por la resolución del TC por el Proyecto de Ley de Incentivo al Retiro para los Funcionarios Municipales, que declaró inaplicables las normas de tutela laboral en funcionarios públicos, la Corte Suprema rechazó el recurso.

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