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22 de Diciembre de 2018

Corte ordena desalojar módulo de aislamiento de cárcel de Quillota por precario

Obligan a Gendarmería al traslado “sin dilación a los internos a otros módulos o a otros centros penales, según lo exija la seguridad de cada uno de tales reclusos".

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La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió un recurso de amparo presentada por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) en favor de los internos ingresados al módulo de aislamiento del Centro de Detención Preventiva de Quillota y, en consecuencia, ordenó a Gendarmería proceder de inmediato al traslado de los amparados a otros sectores del recinto.

En fallo unánime, la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Raúl Mera, Alejandro García y María del Pilar Labarca– acogió la acción judicial, tras constatar las precarias condiciones de habitabilidad que presenta el módulo de aislamiento, lo que vulnera las garantías constitucionales de amparados.

“La privación de libertad no puede importar amenaza directa, afectación a otras garantías constitucionales en especial el derecho a la vida y a la salud, que siempre deben quedar asegurados. De no ser así, la privación de libertad no puede mantenerse, pues el deber del Estado de garantizar la vida y la seguridad de los internos en establecimientos penitenciarios es absoluto y no admite, por lo tanto, excepciones”, consigna el fallo.

La resolución agrega que “resulta claro que en las actuales condiciones del CDP de Quillota no sólo no puede estar habilitado para mantener reclusos en aislamiento, sea o no por razones de castigo, sino que ese módulo tal como ahora está, representa un directo atentado contra la seguridad de los reclusos, poniendo en grave peligro la salud física y mental de esas personas”.

Además, ordena a Gendarmería de Chile desalojar completamente el módulo, “trasladando sin dilación a los internos a otros módulos o a otros centros penales, según lo exija la seguridad de cada uno de tales reclusos, y sin volver a utilizar el módulo de que se trata, hasta que se cumplan las exigencias referidas en este fallo”.

Finalmente, dispone que cuando se reabra el módulo de seguridad, “no se volverá a instalar en cada una de sus celdas a más de un recluso, velando siempre porque se respete la dignidad y la seguridad individual de todos y cada uno de los reclusos”.

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