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22 de Julio de 2022

¿Pierde categoría el Poder Judicial en la propuesta constitucional? Debaten Marisol Peña y Francisco Zúñiga

Los abogados discuten si el nuevo sistema de justicia tiene menor preponderancia que el actual ordenamiento y si politiza la elección de nuevos jueces. 

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El proyecto constitucional contempla que la designación de los jueces sea hecha por el Consejo de Justicia, un punto altamente debatido por los especialistas. Foto: AGENCIA UNO/ARCHIVO
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Quedan 6 semanas para el Plebiscito de Salida, que definirá si se Aprueba o Rechaza la nueva propuesta constitucional, entregada el pasado 4 de julio al presidente Gabriel Boric y presentada a la ciudadanía. 

En esta pasada, los dos abogados ponen sus miras en el Poder Judicial, el cual en el proyecto es denominado Sistemas de Justicia, en el capítulo IX, y sería regido por el Consejo de Justicia, un nuevo órgano que sería creado. 

Zúñiga y Peña debaten acerca de la pérdida o no de categoría de poder, de la preponderancia del Consejo y la nueva forma en que serán elegidos los jueces, así como otros cambios que trae la propuesta. 

Francisco Zúñiga

No solo gana la organización judicial en robustez, sino que ganan los ciudadanos en una mejor protección de sus derechos en un estado de derecho

El constitucionalista y académico de la Universidad de Chile, Francisco Zúñiga, afirma que el cambio de nombre no es algo que afecte a la judicatura, pues no siempre ha sido denominado de la misma forma. “En Chile durante casi 100 años la judicatura se denominó administración de justicia, bajo el imperio de la Constitución de 1833 y nadie sostuvo que por tener esa denominación significaba un menoscabo de la judicatura. Es decir, por ponerlo en términos simples, el hábito no hace al monje”, afirma. 

“Mi planteamiento es que el texto de nueva Constitución ofrece una organización judicial republicana y que gana en independencia interna y externa. Es una organización judicial más robusta que la que tenemos hoy y que en definitiva asegura que los tribunales de justicia ejerzan la potestad jurisdiccional en plenitud. Y para fundamentar esta afirmación quiero recordar que el texto de nueva Constitución incorpora al sistema de justicia la justicia vecinal, transformando los viejos juzgados de policía local en tribunales vecinales, incorpora al sistema de justicia los tribunales judiciales administrativos especiales que hoy son dependencias administrativas del Gobierno y establece además tribunales administrativos de fuero común o general. Eso significa que no solo gana la organización judicial en robustez, sino que ganan los ciudadanos en una mejor protección de sus derechos en un estado de derecho”, continúa. 

Sobre la forma en la que se administra internamente el Poder Judicial, Zúñiga afirma que la creación del Consejo de Justicia significa un gran avance para el país. El sistema, que dice ser réplica de modelos de países europeos, como España, Francia e Italia, ha tenido buen desempeño en esos países y asegura una mayor estabilidad interna. “Creo que el italiano es el que ha tenido mayor éxito y es el que inspira la decisión del Constituyente en esta materia”, afirma. 

“En materia de independencia interna, el sistema judicial gana enormemente desde el minuto que las cortes, y en particular la Corte Suprema, deja de ser el órgano de gobierno y administración superior del sistema de justicia, pasando este al Consejo de la Justicia. Eso significa que las cortes, y la Corte Suprema, revisan los fallos que piden los tribunales de instancia, pero no tienen otras atribuciones de Gobierno. No califican, no promueven, no sancionan. En definitiva, todas esas prerrogativas de tipo político-judicial o administrativo que hoy ejercen las cortes y la Corte Suprema menoscaban la independencia interna de los jueces del “Poder Judicial”. Esto pone fin, como han dicho algunos especialistas, a un poder judicial monárquico y establece un poder judicial republicano”, dice el académico.  

Designación de los jueces

En la propuesta constitucional se establece, en el artículo 343, que es atribución del Consejo de la Justicia el “nombrar, previo concurso público, a todas las juezas, los jueces, las funcionarias y funcionarios del Sistema Nacional de Justicia”. Esto, al parecer de Zúñiga, no politizaría los nombramientos, muy por el contrario, los haría más técnicos y transparentes. “Pero creo del todo inconveniente el sistema que tenemos hoy día de designación de jueces y ministros porque favorece la cooptación, una organización cerrada y la politización. Porque aquí se ha dicho que el nuevo sistema politiza el nombramiento de los jueces y eso es un error”, afirma. 

Además, agrega que considera que el actual sistema es el que está politizado, siendo campo fértil para la intervención. “El sistema de los jueces ya está politizado porque intervienen poderes públicos. No hay más politización. Por el contrario, el nuevo sistema abre las puertas y las ventanas de este sistema de nombramiento. Pone fin a una lógica corporativa y endogámica dentro de la corporación judicial. Y esto de la politización está presente desde que nace Chile como país independiente”. 

Marisol Peña

Veo un primer punto donde se rebaja el estatus del Poder Judicial al someterlo a un órgano administrativo que, inevitablemente, va a entrar a conocer aspectos que son del corazón del ejercicio de la función jurisdiccional

En contraposición, la abogada del Centro de Justicia Constitucional UDD y ex-presidenta del Tribunal Constitucional, Marisol Peña, sí ve con malos ojos el cambio de nombre, pues cree que es una rebaja de categoría. “Denominar así al ejercicio de una de las funciones más importantes del Estado, como es la que resuelve los conflictos que se sucintan al interior de la sociedad coloca a la Justicia en el mismo plano que el Sistema Nacional de Educación o el Sistema de Seguridad Social, que son otros sistemas a los cuales se alude a en esta propuesta, y por tanto podemos decir que rebaja el lugar que hasta ahora ocupa esta función del Estado tradicional en el contexto de la organización del Estado”. 

Por lo mismo, la ex presidenta del TC tiene reparos sobre la función que jugará el Consejo de Justicia por sobre los tribunales y cómo podría afectar esto a los futuros fallos, ya que ella ve en el sistema propuesto una falta de jerarquía que incidiría negativamente en el ordenamiento jurídico. “En consecuencia, veo un primer punto donde se rebaja el estatus del Poder Judicial al someterlo a un órgano administrativo que, inevitablemente, va a entrar a conocer aspectos que son del corazón del ejercicio de la función jurisdiccional. En segundo lugar, también considero que se rebaja el estatus de lo que hasta ahora ha sido el poder judicial al eliminar todo vestigio jerárquico. Esto, según explicaban desde la Convención en los debates, tuvo por objeto evitar que existiera esa jerarquía que hasta hoy ha caracterizado al Poder Judicial y que supone que los tribunales superiores, de alguna manera, al revisar lo que dictan los tribunales inferiores, van marcando la forma en que cada juez debe fallar, en circunstancia de que cada juez es soberano y sólo está sometido al imperio de la ley. Pero frente a ese argumento contesto que en materia de administración de justicia también es importante la unidad jurisdiccional. Es decir, que desde el punto de vista de la certeza y la seguridad jurídica los ciudadanos sepamos que hay una línea, que independiente de lo que decida cada juez, se está entregando como señal a la ciudadanía. Ya se trate de delitos terroristas, de causas laborales, de materias civiles; esto se logra a través de un sistema jerárquico en que el superior va incidiendo en la mirada e interpretación que tiene cada juez inferior”, afirma. 

Politización de los jueces

“Yo entiendo que uno de los temas fundamentales al momento de discutirse la estructuración de la justicia en esta propuesta fue cómo asegurar un sistema que permitiera dar tranquilidad desde el punto de vista de la imparcialidad y objetividad. Y para eso había que disminuir factores políticos que pudieran incidir en el nombramiento de los jueces. Desde ese punto de vista, si uno lee la primera de las atribuciones del Consejo de Justicia que es nombrar, previo concurso público, por resolución motivada, todas las juezas, jueces, funcionarias y funcionarios del Sistema Nacional de Justicia uno dice claro, con la existencia de un concurso público se da la garantía de que se pueda seleccionar cualquier persona y se pueda seleccionar a los más idóneos. Pero cuando se hurga un poco más profundo, y ve la composición que va a tener este Consejo de Justicia, se da cuenta que, de sus 17 integrantes, cinco van a ser elegidos políticamente por el Congreso de Diputadas y Diputados y por la Cámara de las Regiones, en sesión conjunta propuesta de la Alta Dirección Pública. Y dos de ellos van a ser elegidos por Pueblos y Naciones Indígenas a través de un sistema de elección que no se sabe cuál va a ser porque está encomendado a la ley. De los 17, entonces, solo ocho integrantes del Consejo de la Justicia son jueces que están “empapados” de lo que es la esencia de la función jurisdiccional”, dice Peña, quien critica severamente la nueva forma de elección de los magistrados. 

Uno de sus fundamentos es que ya existe, en el actual sistema, intervención de otros poderes políticos en la elección de ciertos cargos de la judicatura, los cuales quedan “en deuda” a quién los designa. “Yo siempre he escuchado, desde antes de integrar el Tribunal Constitucional y, cuando estuve en él con mayor razón, que la principal virtud que debe practicar un juez es del deber de ingratitud. Es decir, del momento en que uno asume el cargo, debe separarse de la autoridad u órgano que lo designó, para fallar solamente en función de los intereses del Derecho y la Justicia. En cambio, cuando los nombramientos son de origen político, como en el caso de la Corte Suprema, donde interviene la propia corte, el presidente de la República y el Senado, se favorece el cuoteo político. En algún momento se privilegia a un sector político y el que viene se provee del favor de su sector para ir guardando una especie de equilibrio, pero no de equilibrio de méritos jurisdiccionales o competencias, sino de equilibrios en función de factores políticos que no tiene nada que ver con la judicatura”, explica. 

“Es muy fácil que los integrantes del órgano que lo designó lo llamen por teléfono. Esto pasa hasta en el Tribunal Constitucional, donde hay tres ministros designados por el Presidente de la República. Es muy fácil que él los llame y diga “este proyecto es vital para completar mi programa de gobierno”, y no necesita decir nada más, porque esa es una forma indirecta de recordar quién te nombró y bajo qué condiciones implícitas lo hizo. Entonces, desafortunadamente, la integración de este Consejo de la Justicia no va a poner fin a la práctica de los cuoteos políticos ni los llamados telefónicos, sino lo contrario”, afirma.

 

 

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