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4 de Octubre de 2023

“Usurpaciones pacíficas”: los tres aspectos centrales del veto ingresado por el Gobierno

Mientras la ministra Carolina Tohá explicó en qué consiste cada uno y aclaró lo que quiso decir cuando habló de "usurpación pacífica", desde la oposición el diputado Andrés Longton (RN) acusó que el veto presidencial "afecta el corazón del proyecto".

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Diversas organizaciones sociales se manifestaron en las afueras del Congreso durante la discusión de la Ley de Usurpaciones. AGENCIA UNO/ARCHIVO.
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Tres son los aspectos a los que apunta el veto presidencial a la Ley de Usurpaciones que aprobó el Congreso a fines de agosto, según precisó la ministra del Interior, Carolina Tohá, quien admitió como un error haber utilizado el concepto de “usurpación pacífica” en la presentación de la censura por parte del Ejecutivo.

De acuerdo con lo precisado por la secretaria de Estado, la medida se relaciona con la autotutela o legítima defensa privilegiada, la graduación de las penas y los instrumentos para concretar la restitución de los bienes usurpados.

Sin embargo, desde la oposición criticaron la decisión del Gobierno y cuestionaron la motivación del veto. “Lo más grave es que el veto afecta el corazón del proyecto“, aseguró a EL DÍNAMO el diputado Andrés Longton (RN).

Una visión que, por cierto, no es compartida por la abogada y académica de la Facultad de Derecho de la Usach, Libertad Triviño. Según apunta, “creo que son críticas que no atienden a fundamentos técnicos, sino a cuestiones políticas“.

Legítima defensa privilegiada: aspecto clave

Al referirse a la legítima defensa privilegiada, Carolina Tohá aseveró que “en el caso de la usurpación, hace valer las reglas generales sobre legítima defensa y sobre detención ciudadana“.

Agregó que con el veto “se saca todo este régimen especial que se había creado acá, que fomentaba la autotutela y que permitía que las personas pudieran por sus propias manos, con armas, con terceros y en cualquier momento, ir a hacer reivindicación de su bien”.

Destacó que se salvaguardó “que el delito se mantenga como un delito permanente, y que en todo momento puedan actuar las policías. Entonces, no va a haber esta autotutela, pero sí va a haber la posibilidad de acción de las policías en cualquier momento. Eso, hoy día, no existe”, detalló.

Sobre este tema en particular, Andrés Longton no dudó en plantear que “el Gobierno ha extremado el discurso, lo ha caricaturizado. Lo mismo que ocurrió con la Ley Nain-Retamal“.

Según el legislador, “entendiendo que aquello podría ser un foco de conflicto desde el punto de vista de la aplicabilidad, era un tema en el que estábamos dispuestos a llegar a acuerdo. Pero el veto fue más allá y eso sepultó cualquier posibilidad de acuerdo“.

Para la abogada Triviño, en cambio, “las propuestas del Ejecutivo van en la línea de la justicia material. Primero, porque se generan problemas en cuanto a la legítima defensa privilegiada”.

Si uno extiende por un tiempo ilimitado el período en que se puede ejercer la expulsión de personas en una toma por propia mano, lo que se va a conseguir es que las personas se enfrenten directamente por un terreno, siendo que existen vía judiciales”, apunta la especialista en Derecho Penal.

Indica además que, de acuerdo a como estaba la ley, en el fondo significaba “entregarle la facultad al ciudadano a pie para que saque de manera violenta -porque no habrá otra forma de que aquello se realice- a las personas que se tomaron un lugar“.

¿Usurpación pacífica?

En cuanto al segundo eje del veto presidencial, la titular de Interior apuntó que se modificaron las penas “para hacerlas graduales”.

Al ahondar en el tema, Tohá habló de “la usurpación pacífica, donde no hay violencia e intimidación a las personas y tampoco hay violencia en las cosas. Lo que se establece es que el juez va a definir si hay pena de cárcel. En este caso sería presidio menor en su grado mínimo, o hay multa”, sostuvo.

Más tarde, ante la polémica generada por el término “usurpación pacífica”, la ministra Tohá debió aclarar el concepto y asumió como un error haberlo utilizado ese concepto. “El término correcto es no violenta. Yo nunca he querido acuñar el término pacífica. Si alguna vez se me salió, fue porque se me salió no más, pero el término es no violenta. Y así es en la ley actual también”, enfatizó.

Una aclaración que no dejó conforme a la oposición, ya que, como apunta Longton, “el Gobierno bajó las sanciones a penas irrisorias, de multa, en las usurpaciones que el Código Penal llama no violentas, pero que tienen mucho de violencia para el propietario del terreno”.

“Tratar de instalar que es algo pacífico es tremendamente peligroso. Ya que el Gobierno pareciera amparar a los usurpadores con esta norma tan débil. Lo que se hace es una invitación a seguir usurpando terrenos”, agregó el diputado RN.

No obstante, la abogada Triviño no concordó con el legislador y planteó que “nuestra legislación es concordante en el tema de cómo se evalúan los hechos y cómo se asignan las penas conforme a esos hechos“.

“Es distinto que una persona llegue y se instale en un lugar, a que entre, destruya y ejerza violencia contra las cosas. O a que otra persona ingrese a un lugar y agreda a las personas que viven allí para poder asentarse. Son situaciones que no son equiparables. Por lo tanto, deben tener penas distintas“, recalcó.

Alertó que “si se pone la mayor pena para todas estas situaciones, se dice que dos conductas distintas merecen la misma sanción. Entonces, no habrá ningún incentivo para que la persona opte por no ejercer violencia contra las cosas o las personas“.

Restitución de los bienes

En referencia a la tercera base del veto presidencial, la que se refiere a los instrumentos para concretar la restitución de los bienes usurpados, la ministra del Interior indicó que se refiere a los “instrumentos por los cuales los propietarios pueden pedir que le restituyan el bien cuando está judicializado el caso“.

“El que estableció la ley se llama tercería. De aquí se agregó otro más. Es otra modalidad para pedir la restitución, que se llama restitución anticipada. Es simplemente una modalidad por la cual se pide que se entregue para disponer del bien cuando hay un proceso judicial en curso”, planteó Tohá.

Al respecto, Andrés Longton reconoció que en la oposición “tenemos serias dudas sobre la restitución anticipada“.

“Entendiendo que existe la flagrancia permanente, para qué tener esta restitución, si el terreno va a ser restituido inmediatamente. No va a pasar por un proceso judicial si las policías pueden ingresar inmediatamente“, planteó el diputado de Renovación Nacional.

Aseguró que “eso lo que hace es inducir a la inhibición de ingresar al lugar por parte de la policía, si es que habrá un proceso judicial paralelo”.

Claramente hay una desconexión del Gobierno y parte de sus parlamentarios, del Partido Comunista y el Frente Amplio, con la ciudadanía”, cerró Longton.

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