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Restricción vehicular miércoles 23 de agosto: quiénes no pueden circular

Los conductores que no respeten la medida se arriesgan a multas que pueden ascender a $94 mil.

A las 07:30 horas comienza a regir la restricción vehicular de este miércoles 23 de agosto, la que regirá hasta las 21:00 horas.

Esta medida forma parte del Plan de Gestión de Episodios Críticos (GEC) del Ministerio de Medio Ambiente, y es fiscalizado en las calles por parte de Carabineros en conjunto con funcionarios municipales, además de la ayuda de cámaras de seguridad vial.

¿Qué patentes no pueden circular este miércoles?

Según el calendario del Ministerio de Transportes, las patentes terminadas en los siguientes números no pueden circular este miércoles 23 de agosto debido a la restricción vehicular:

  • Vehículos catalíticos inscritos antes del 1 de septiembre de 2011: dígitos 6 y 7.
  • Vehículos no catalíticos, sin sello verde: dígitos 2, 3, 4 y 5.
  • Motos inscritas entre el 2002 y septiembre de 2010: dígitos 6 y 7.
  • Motos con año de fabricación anterior a 2002: dígitos 2, 3, 4 y 5.
  • Buses de pasajeros sin sello verde: dígitos 2, 3, 4 y 5.
  • Transporte de carga sin sello verde: dígitos 2, 3, 4 y 5.

Tampoco pueden circular dentro del anillo de Américo Vespucio los autos sin sello verde y motos con año de fabricación anterior a 2002.

¿Multa?

Los conductores que no respeten la restricción, arriesgan recibir una multa que va de 1 a 1,5 UTM, es decir, de $63.199 y hasta $94.798, aproximadamente.

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