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4 de Abril de 2019

Corte Marcial condenó a militar por hurto de material de guerra

El hecho ocurrió en unidades de Arica. El caso no estableció la agravante del robo a un compañero de armas, por lo que solo consideró el perjuicio al patrimonio fiscal.

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La Corte Marcial condenó a un militar a dos penas de 3 años y un día de presidio efectivo, en calidad de autor de los delitos de hurto de material de guerra y convención ilícita de material de uso bélico, en un hecho que ocurrió en unidades de la ciudad de Arica.

En fallo unánime, el tribunal castrense –integrado por los ministros Hernán Crisosto, Juan Manuel Muñoz Pardo, Diego Cortés Mejido, Francisco Costa Lobo y Jaime Elgueta– determinó la sentencia en contra de Sergio Espinoza Silva, quien además tiene la  accesoria legal de separación del servicio militar y el pago de una multa de 10 UTM.

Según la resolución, una de las agravantes del delito de robo y hurto sujetos a la jurisdicción militar se establece cuando es cometido en perjuicio de sus compañeros de armas, aclarando que “en el caso concreto no se configura, al afectarse un bien jurídico superior como es el patrimonio fiscal de la Institución a que pertenece el sentenciado“.

“Además de no estar acreditado en autos que las especies apropiadas hayan sido asignadas como cargo particular de determinado funcionario militar, pudiendo así serle perjudicial la conducta del sentenciado, y en el segundo caso, siendo el culpable militar si no hubiera contemplado esta circunstancia al referirse al delito o al fijar la pena respectiva, por cuanto esta Corte entiende, considerando la especialidad del Código que tipifica el ilícito, la calidad del sujeto activo y la competencia actual de la jurisdicción militar, que la condición de militar del culpable es un factor considerado desde ya por el legislador en esta figura penal”, añadió el fallo.

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