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25 de Septiembre de 2019

Contraloría aclara por qué respaldó decreto que cobra los medidores inteligentes

Desde Contraloría explican que si bien este dictamen responde a una solicitud de pronunciamiento de un grupo de diputados, no significaría necesariamente que ahora estos dineros sean cobrados a los usuarios, puesto que esta decisión es atribución exclusiva y directa del Ministerio de Energía.

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A más de un año desde que un decreto tarifario entregado por el Gobierno permitió que se le cobre a los usuarios el costo asociado al arriendo de los medidores inteligentes, y luego que, el Gobierno decidió devolver los montos cobrados -devolución que comenzó este mes-, la polémica sumó un nuevo antecedente.

A través de un dictamen publicado el 12 de septiembre recién pasado, la Contraloría General de la República respaldó el decreto original, que en 2018 estableció la legalidad del cobro por utilizar los nuevos aparatos.

“No se advierten reproches acerca de la supuesta falta de fiscalización de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), en relación con el cambio de medidores eléctricos y el cobro de tarifas por tal concepto”, afirmó el organismo en la oportunidad.

Cobro de medidores inteligentes

Desde Contraloría explican que si bien este dictamen responde a una solicitud de pronunciamiento de los diputados Gonzalo Fuenzalida (RN), Daniel Núñez (PC) y Boris Barrera (PC), no significaría necesariamente que ahora estos dineros sean cobrados a los usuarios, puesto que esta decisión es atribución exclusiva y directa del Ministerio de Energía.

Sobre la argumentación que se entregó en el dictamen, desde el ente contralor explican a El Dínamo que desde la publicación del decreto en el Diario Oficial las empresas distribuidoras estaban habilitadas para cobrar estos aparatos a los usuarios.

El documento firmado por el contralor Jorge Bermúdez se basó en el artículo único de la ley N° 21.076, el cual establece que el “empalme y el medidor son parte de la red de distribución y, por tanto, de propiedad y responsabilidad de la empresa distribuidora”.

Mismo artículo que además determinó que “el que lo reemplace (empalme o medidor) determinará la forma de incluir en sus fórmulas tarifarías la remuneración de estas instalaciones, así como las condiciones de aplicación de las tarifas asociadas a ellas”.

Finalmente, desde el organismo explicaron que no se debe confundir con la posibilidad de que aumenten los valores de las cuentas de luz por el cambio a medidores inteligentes, ya que Contraloría aún no se ha referido a este aspecto, ni mucho menos, lo ha ratificado.

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