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28 de Enero de 2015

Intendentes electos: “Pato cojo”, sin atribuciones

La figura del Gobernador Regional pasa a convertirse en una estructura de poder paralela a la del Intendente, escenario complejo para los gobiernos regionales que, más que expandir sus competencias, pasarán a estar supeditados a la supervigilancia del Gobernador Regional.

Por Catalina Riquelme
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Catalina Riquelme es Cientista político, Instituto Libertad.

La reforma enviada por el Gobierno de Bachelet que establece la futura elección de Intendentes otorga, sin embargo, escasas funciones políticas, administrativas y económicas a esta nueva autoridad. Esta situación pone en duda que la nueva normativa logre una real y efectiva reforma, que impulse un desarrollo de las regiones. Un proceso descentralizador, como tantos diagnósticos lo han señalado, pasa por otorgar las facultades y competencias necesarias a la autoridad regional elegida para el diseño, elaboración, ejecución y evaluación de políticas, planes, programas y proyectos, resaltando una inclusión activa de la sociedad civil en el proceso descentralizador.

El actual proyecto de reforma constitucional señala que los nuevos Intendentes presidirán el Consejo Regional, además de coordinar, supervigilar y fiscalizar los servicios públicos que operen en la región y que dependan o se relacionen con el gobierno regional respectivo. A su vez, la SUBDERE ha señalado que se crearían tres nuevas direcciones, entre las que encontramos Fomento Productivo e Industria; Ciudad, Territorio e Infraestructura, y Desarrollo Social y Humano. ¿Cuáles serán los Servicios Públicos asociados? ¿Desde qué año serán traspasados al Gobierno Regional? ¿Cuáles serían los recursos asociados?.

Si las competencias del Intendente serán las de administrar la gestión, en estricto rigor ello se traducirá en una desconcentración del poder administrativo, pero el Intendente no tendrá la función de diseñar nuevas políticas para la región respectiva. Así, las políticas implementadas seguirán viniendo desde el poder central, respondiendo a un modelo centralista. De la misma manera, aun cuando el Intendente sea elegido, se ha señalado que el traspaso de competencias durará ocho años, con lo que claramente en un primer mandato el Intendente no tendrá todas las funciones traspasadas y necesitaría una reelección inmediata para cumplir dos periodos y así obtenerlas. Pero incluso en este caso, las probabilidades de dar respuesta a las necesidades de la ciudadanía parecen lejos de ser subsanadas.

Otro punto fundamental resulta ser la creación del nuevo Gobernador Regional, designado por el Presidente, y que tendrá a su cargo funciones tan importantes como la seguridad y el orden público, el combate de la delincuencia, extranjería, emergencias, y, en general, la coordinación, supervigilancia y fiscalización de los servicios públicos que operen en la región y que dependan o se relacionen con algún ministerio. A simple vista, pareciera ser que el Gobernador Regional tendrá más atribuciones que el futuro Intendente electo quien, más que ser una figura que gobierne la región, tendría una connotación meramente simbólica.  La figura del Gobernador Regional pasa a convertirse en una estructura de poder paralela a la del Intendente, escenario complejo para los gobiernos regionales que, más que expandir sus competencias, pasarán a estar supeditados a la supervigilancia del Gobernador Regional.

En resumen, el Intendente será un “pato cojo”, con escasas funciones que le serán traspasadas y una estructura de poder paralela que será una constante sombra. Así, se creará una figura que, si bien será elegida democráticamente avanzando en una descentralización política, no estará acompañada de una descentralización administrativa y económica, ni tendrá facultades para planificar, en conjunto con la sociedad civil, un avance real hacia el desarrollo de nuestros territorios.

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