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13 de Agosto de 2013

Gobierno publicó nuevo Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental

La iniciativa establece las normas para elaborar y calificar los Estudios y Declaraciones de Impacto Ambiental, a las que deberán someterse tanto proponentes, el Servicio de Evaluación de Impacto Ambiental (SEA) y los órganos de la administración del Estado, además regula la Consulta Indígena de acuerdo al Convenio 169.

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Con fecha de este lunes 12 de agosto se publicó en el Diario Oficial el nuevo Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (RSEIA) y que se configuró luego de un trabajo de revisión que se inició en junio 2010.

Y es que el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) llevó a cabo dos inéditos procesos de consulta pública cuyo objetivo fue lograr un acuerdo país que involucrara a todos los sectores de la sociedad civil: privados, consultores, ONGs, y ciudadanía; paralelamente un proceso especial de consulta para los Pueblos Originarios. Además, se realizó un trabajo con los órganos de la administración del Estado competentes en la materia.

En términos generales el nuevo reglamento actualiza el procedimiento de evaluación de acuerdo con los cambios legales y reglamentarios en materia ambiental, verificados en Chile desde el año 2001 a la fecha. Redefine la información necesaria para el ingreso de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) o un Estudio de Impacto Ambiental (EIA), buscando dar mayor certeza a los regulados y la ciudadanía.

El RSEIA busca la realización de la evaluación en etapas tempranas, implementando cambios para elevar el estándar de información en la evaluación y su calidad, así como para lograr disminuir los plazos del proceso. Consolida los cambios introducidos a la Ley 19.300, especialmente en cuanto a la regulación de la participación ciudadana en DIAs. También regula la Consulta Indígena de los proyectos que ingresan al sistema, con el estándar del Convenio 169 OIT, vigente en Chile desde 2009.

Actualiza el listado de Permisos Ambientales Sectoriales y re define su contenido, así como el rol de los Servicios Públicos en su tramitación y otorgamiento buscando un mejor desarrollo de la “ventanilla única”.

Evaluación temprana

La Ministra del Medio Ambiente, María Ignacia Benítez, subrayó que el objetivo del nuevo Reglamento es realizar la evaluación ambiental en etapas tempranas, “por eso, en la descripción del proyecto, se le solicitará al titular contenidos mucho más específicos para que se concentre la evaluación ambiental en la primera parte, de modo tal de entregar desde el inicio del procedimiento la mayor certeza posible en cuanto al contenido del proyecto como de los impactos que tiene”.

Benítez agregó que con esta nueva normativa, el titular tendrá claro cuál es la información que se le solicitará desde un principio, “y en la medida que entregue toda la información requerida, la evaluación se centrará en lo ambientalmente relevante y no en preguntas innecesarias que dilaten el proceso. Esto es un esfuerzo tanto para los privados como para el Estado”.

Uno de los aspectos más destacados a juicio de la Secretaria de Estado, “es que con la normativa se limita a dos el número de veces que la autoridad puede solicitar información al titular del proyecto, en circunstancias que hoy muchos procesos tiene 3 y hasta 4 rondas de consultas al titular”.

Revisa el reglamento en este link.

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