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31 de Octubre de 2014

Autorizan clausura temporal de proyecto de Minera Española en Maipú

Según la SMA, la empresa denunciada realiza una explotación en la Quebrada de La Plata, sin ningún tipo de autorización y con dos fallos judiciales en su contra.

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El Tribunal Ambiental de Santiago autorizó anoche la clausura temporal total del proyecto de Mina Panales de la empresa Minera Española de Chile Limitada, situada en la comuna de Maipú, “por existir riesgo de daño inminente al medio ambiente”.

La medida, solicitada por la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), tendrá una vigencia de 30 días renovables.

El escrito del tribunal indica que los documentos que acompañó la SMA en su solicitud dan cuenta que el área en que se emplaza el yacimiento “cuenta con especies de flora y fauna en categorías de conservación, y contiene ecosistemas amenazados y proporcionalmente poco protegidos”.

Añade que esto se ha confirmado en las sentencias pronunciadas por el Segundo Juzgado de Policía Local de Maipú, sobre tala ilegal de bosque nativo.

Por tanto, “la continuación de las actividades de explotación minera, por su naturaleza, extensión y localización, genera riesgos inminentes al medio ambiente, lo que resulta particularmente relevante cuando dicha actividad se encuentra emplazada en un área con las características ambientales ya señaladas“, detalla la resolución del Tribunal Ambiental, redactada por el Ministro de Turno, Sebastián Valdés.

Según datos aportados en la denuncia, hace más de cuatro años que la Minera Española Chile Limitada efectúa una explotación en la Quebrada de La Plata, sin ningún tipo de autorización y con dos fallos judiciales en su contra.

El yacimiento Panales está ubicado en el sector Cerro El Roble, del fundo Rinconada de Maipú. La concesión está a nombre de Minera Española Chile Ltda.

Los antecedentes del caso

  • 15 de noviembre de 2010, se estableció que sector Cerro El Roble se incorporó a la categoría de “Sitios prioritarios para la conservación en el SEIA”. Ordinario N°100143 del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA).
  • 21 de marzo y 18 de abril de 2013, la SMA recibe denuncias del alcalde de Maipú, Christian Vittori, y el decano de la Facultad de Ciencias Agronómicas de la Universidad de Chile, Antonio Lizama, que daban cuenta de la ejecución de faenas de explotación minera en el sector, que no contaban con Resolución de Calificación Ambiental (RCA), patente municipal y autorización del Sernageomin. También se denuncia que las faenas se realizaban en una zona declarada como “Área de Preservación Ecológica”, de acuerdo al Plan Regulador Metropolitano de Santiago.
  • 19 de julio de 2013, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió recurso de protección presentado por la Municipalidad de Maipú contra Minera Española Chile Ltda. y ordenó la paralización de las actividades mineras llevadas a cabo por la empresa en el Cerro El Roble, señalando que debía ingresar al SEIA mediante un EIA. Causa Rol N°617-2013.
  • 1 de agosto de 2013, la SMA evacuó informe de fiscalización que concluyó que la faena está mayoritariamente emplazada en zona de preservación ecológica y no registra ingreso al SEIA. “Informe de Fiscalización Ambiental DFZ-2013-890-XIII-SRCA-IA”.
  • 11 de octubre de 2013, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó recurso de protección interpuesto por la Facultad de Agronomía de la Universidad de Chile contra Minera Española. Causa Rol N°11.694-2013.
  • El 15 de enero de 2014, la Corte Suprema revocó fallo arriba expuesto y señaló que la empresa debía cesar sus actividades mineras en el lugar mientras no contara con los permisos ambientales y mineros correspondientes.
  • 12 de febrero de 2014, la Municipalidad de Maipú denuncia en la SMA que informa que efectivos de la 52 Comisaría Rinconada de Maipú comprobaron que la empresa continuaba con sus actividades, pese a las resoluciones judiciales que le prohibían hacerlo.
  • 13 de febrero de 2013, el SEA emitió resolución en la cual sostiene que Minera Española Chile Ltda. debe contar con RCA para poder ejecutar las actividades mineras señaladas en las sentencias de la Corte Suprema y Corte de Apelaciones de Santiago y no podrá ejecutar faenas mineras de ninguna índole hasta que no cuente con las autorizaciones ambientales correspondientes. Resolución Exenta N°107 de 13-02-2014.
  • 31 de marzo de 2014, Sernageomin dispuso el cierre total y definitivo de Mina Panales 1/54. Resolución Exenta N°630. Luego, el 1 de abril dejó sin efecto resolución que aprobó el proyecto de explotación minera.
  • 10 de junio de 2014, Agrícola y Forestal Danco Ltda. presentó una nueva denuncia contra la empresa, afirmando que esta seguía efectuando labores mineras en terrenos de la mina.
  • 18 de junio de 2014 se sumó una nueva denuncia, realizada por la Clínica de Justicia Ambiental de la Universidad Diego Portales.
  • 25 de junio de 2014, la SMA formuló cargos contra Minera Española Chile Ltda. por realizar un proyecto de desarrollo minero sin contar con RCA. Resolución Exenta N°1/ Rol D-012-2014.
  • La empresa ha sido multada en diversas ocasiones por el Segundo Juzgado de Policía Local de Maipú, por tala ilegal de bosque nativo. Roles N°398-2013 y 2800-2013.
  • 20 de agosto y 3 de septiembre de 2014 la Municipalidad de Maipú y David Briones Soto solicitaron medida provisional de clausura temporal total de las instalaciones de la minera.
  • 9 de octubre de 2014, un nuevo informe de inspección de la SMA constató la existencia de actividad minera.
  • Existe una querella criminar por el delito de desacato presentada por la Municipalidad de Maipo contra la empresa en la Fiscalía Local de esa comuna. RUC N°1310023063-6.
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