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6 de Septiembre de 2018

Académicos respaldan acusación constitucional contra jueces de la Corte Suprema y acusan “notable abandono de deberes”

A través de una carta, sostuvieron que "existen poderosas razones jurídicas para afirmar que los ministros que hoy se acusan han incurrido en notable abandono de deberes".

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Un grupo de académicos alzaron la voz a raíz de la acusación constitucional en contra de tres jueces de la Corte Suprema –Manuel Antonio Valderrama, Carlos Künsemüller y Hugo Dolmestch– tras la liberación de un grupo de reos que cumplían condenas por violaciones a los derechos humanos durante la dictadura militar.

A través de una carta quisieron responder a quienes señalaron que esta acción impulsada por un grupo de diputados de oposición no es una “una acción jurídica y política que pone en grave riesgo el Estado de Derecho”.

En el documento, sostuvieron que “independiente de los aspectos políticos propios del juicio constitucional que deben ponderar los parlamentarios, existen poderosas razones jurídicas para afirmar que los ministros que hoy se acusan han incurrido en notable abandono de deberes. Además, creemos que hacer efectiva su responsabilidad no menoscaba los cimientos de la institucionalidad, sino que los fortalece”.

Y explicaron que el “notable abandono de deberes” no solo se debe al “incumplimiento de obligaciones administrativas de los jueces, sino también por la infracción de sus obligaciones constitucionales sustantivas, entre ellas, la de respetar y promover los derechos humanos asegurados por la Constitución y por los tratados internacionales ratificados y vigentes en Chile”.

“Además de respetar el estándar sobre beneficios carcelarios determinado por la Corte IDH en sentencia de supervisión de los fallos La Cantuta y Barrios Altos de fecha de mayo de 2018, como asimismo, cumplir la regla favor persona de interpretación en materia de derechos humanos del artículo 29 literal b) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos“, añadieron.

A eso, sumaron en la misiva que “el Decreto Ley 321 de 1925 – invocado por los ministros acusados en sus fallos- determina los requisitos de la libertad condicional para delitos comunes y no para crímenes de lesa humanidad, por lo que se aplicó indebidamente a criminales condenados por delitos contra los derechos humanos”, precisando que esto significa “una vulneración del derecho a la jurisdicción, comprendida en los artículos 8 de la CADH y 14 del PIDCP de Naciones Unidas, derecho encaminado también a asegurar el cumplimiento de las penas, para no constituir incumplimiento de modalidades de
pena proporcional como una forma de impunidad y afectación de la reparación adecuada a las víctimas de crímenes contra los derechos humanos”.

“En definitiva, no hay acá una mera divergencia de interpretaciones plausibles que le quite gravedad al abandono de deberes. Por el contrario, cualquier interpretación que favoreciera formas larvadas de impunidad no podía ser considerada como una interpretación plausible de acuerdo con la regla favor persona del art. 29 b) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Si había una interpretación que favorecía el derecho de las víctimas y sus familias de acceso a la justicia, esa era la única que los ministros debían adoptar“, agregaron

La carta fue firmada por Humberto Nogueira Alcalá, Profesor de Derecho Constitucional, U. de Talca; Francisco Fernández Fredes, ex Ministro del Tribunal Constitucional; Claudio Nash Rojas, Profesor de Derecho Internacional, U. de Chile; Jorge Precht Pizarro, Profesor de Derecho Público U. Católica; Jaime Gajardo Falcón, Profesor de Derecho Constitucional, U. de Chile; Rodrigo Poblete Reyes, Profesor de Derecho Constitucional; Christian Suárez Crothers, Profesor de Derecho Constitucional, U. de Talca.

Carta de académicos contra jueces de la Corte Suprema acusados constitucionalmente by Rodrigo León on Scribd

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