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6 de Junio de 2019

Notaria fue inhabilitada a perpetuidad por autentificación de firma falsa

Fabiola Salinas Peña era suplente en una notaría de Santiago revisó el trámite del cambio de una sociedad, donde se fingió la comparecencia de los involucrados.

Por
Chillán
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El Cuarto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago inhabilitó a perpetuidad a la notaria suplente Fabiola Salinas Peña para ejercer el cargo, esto luego que la considerara como responsable del delito de autentificación de firma falsa en 2013.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por los jueces Cristián Soto Galdames (presidente), Celia Catalán Romero y Pedro Suárez Nieto (redactor)– condenó, además, a David Silver a 541 días de presidio remitido ya la suspensión de cargo u oficio público, como autor del delito de uso malicioso de instrumento público falso.

Los hechos, según lo expuesto por el portal del Poder Judicial, ocurrieron el 20 de febrero de 2013 en la 41° Notaria de Santiago del Notario Félix Jara Cadot, donde Salinas era suplente. En el trámite se iba a modificar la sociedad de la firma J & S Consultora e Inversiones Limitada, la que otorgó un 97% de los derechos a Silver.

En dicha escritura se fingió la comparecencia y se falsificaron las firmas de todos los socios, quienes nunca concurrieron a dicho acto. La modificación de la sociedad fue inscrita el 22 de febrero del año 2013 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago“, señaló la resolución.

Para el tribunal los hechos acreditados fueron constitutivos del delito de uso malicioso de instrumento público falso, el cual “requiere para su configuración, el usar o emplear un documento que tenga la calidad de instrumento público, en razón de haberse empleado algunas de las formas de falsificación enumeradas en el artículo 193 del Código Penal, siempre que el agente esté en conocimiento de esta falsedad”.

“Los socios de la sociedad de personas no firmaron el documento, ni comparecieron al oficio notarial, sus firmas fueron imitadas denotando con ello que Salinas Peña no cumplió con su deber funcionario como ministro de fe al autorizar un instrumento público sin cerciorarse de la presencia e identidad de los supuestos comparecientes”, agregó el fallo.

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