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30 de Noviembre de 2021

Tribunal de Antofagasta absuelve a acusado de atacar a Carabineros por falta de pruebas

En fallo unánime, se estableció que no se aportaron pruebas que justificaran la existencia del delito y la participación del acusado en el mismo.

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Antofagasta molotov tribunal "No se aportaron al juicio, medios de pruebas que justificara la existencia de los delitos atribuidos al encausado y, por ende, que acreditaran la participación que le habría correspondido en los mismos", consigna el fallo. AGENCIA UNO/ARCHIVO
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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta decretó la absolución de Matías Felipe Briceño Barrios de los cargos formulados en su contra por el Ministerio Público, que lo sindicaban como autor de los delitos de atentado contra la autoridad y porte de bombas molotov, supuestamente cometidos en Antofagasta el 26 de noviembre de 2019 en el ataque que sufrió la subcomisaria norte.

En fallo unánime, se estableció que no se aportaron pruebas que justificaran la existencia del delito y la participación del acusado en el mismo.

“No se aportaron al juicio, medios de pruebas que justificara la existencia de los delitos atribuidos al encausado y, por ende, que acreditaran la participación que le habría correspondido en los mismos, por lo que no cabe sino, acoger sin mayores dilaciones, las pretensiones concretas de absolución formuladas por ambos intervinientes”, precisó el tribunal.

El fallo del tribunal indica que en su alegato de apertura “la Fiscalía solicitó la absolución del encausado por ambos delitos en mención, fundado en que no contaría en el juicio con la declaración del perito, motivo por el cual, no lograría acreditar que el objeto en cuestión correspondía al sindicado en la Ley Sobre Control de Armas y Explosivos. Por otro lado, análogamente solicitó la absolución del encausado por el delito de atentado en contra de la autoridad, como también, que tales alegaciones se consideraran como constitutivas del alegato de clausura y, por último, que se le liberara del pago de las costas de la causa, por haber tenido motivos plausibles para litigar”.

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