Diputado Fuenzalida (RN) celebra fallo del TC por libertad condicional
"La ley no puede ir en contra de la libertad de conciencia de cada persona. No puede ingresar en el pensamiento de cada persona".
Redacción EL DÍNAMO
"La ley no puede ir en contra de la libertad de conciencia de cada persona. No puede ingresar en el pensamiento de cada persona".
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Por su parte, mantuvo los requisitos de tener cumplido dos tercios de la pena y colaboración sustancial con la investigación para postular y poder acceder al beneficio.
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Esto, a pesar de que la Comisión de Libertad Condicional indicó que Ramón Cáceres no muestra arrepentimiento por haber torturado al padre de la ex Presidenta Bachelet.
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Los parlamentarios oficialistas argumentaron que existe inconstitucionalidad en las exigencias pedidas para otorgar el beneficio a los condenados.
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Las personas condenadas a presidio perpetuo sólo podrán postular al beneficio de la libertad condicional una vez cumplidos veinte años de privación de libertad.
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Los condenados por crímenes de lesa humanidad y genocidio solo podrán postular al beneficio cuando hayan cumplido dos tercios de la pena, hayan prestado colaboración efectiva en el esclarecimiento de los hechos y mostrado claras señales de arrepentimiento.
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Jara habría autorizado al menos 19 viajes irregulares donde otros militares realizaron paradas en Punta de Cana y otros destinos con sus familiares, pese a que se encontraban en comisión de servicios.
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Un grupo de condenados perteneciente a la lista N.º 1 del centro penitenciario presentó la solicitud, tomando en cuenta que otros internos del recinto ya lo habían realizado.
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En el fallo se estableció que los reos “no están preparados” para quedar en libertad, debido a que “no reconocen suficientemente el delito cometido (crímenes de lesa humanidad)”.
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Esta cifra corresponde al 26,6% de acceso a las solicitudes de los internos en la capital.
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