Secciones
Educación

Con un voto de la DC: Cámara rechazó la acusación constitucional contra el ministro Figueroa

El libelo terminó su tramitación en un resultado marcado por el voto en contra de Matías Walker y la ausencia de ocho legisladores en la sala.

acusación constitucional Figueroa

La Cámara de Diputados rechazó la acusación constitucional en contra del ministro de Educación, Raúl Figueroa, en una votación marcada por la ausencia de diputados y el voto clave de algunos legisladores.

En lo concreto, el libelo -que contaba con tres capítulos- recibió 71 votos a favor y 76 en contra. Con esto la tramitación llegó a su fin y el secretario de Estado podrá retomar sus funciones sin problemas.

Desde la oposición los diputados Pepe Auth (IND), Carlos Abel Jarpa (IND), Pedro Velásquez (IND) y Matías Walker (DC) mostraron su rechazo. Entre quienes no participaron de la resolución estuvieron Manuel Matta (DC), Fernando Meza (IND), Luis Rocafull (PS), Patricia Rubio (PPD), Raúl Soto (PPD), Jaime Tohá (PS), Esteban Velásquez (FRVS) y Frank Sauerbaum (RN).

La DC, partido que presentó más dudas en cuanto a su respaldo, se cuadró mayoritariamente a favor de la acusación, con la excepción del diputado Walker.

La sesión especial por la acusación constitucional en contra de Figueroa avanzó con rapidez debido a que la defensa del ministro no invocó la cuestión previa, recurso que le hubiese permitido cuestionar las formas de la presentación del documento. Por lo mismo se pasó directamente a la discusión de fondo.

El libelo, que criticaba las acciones del secretario de Estado en su intento por regresar a las clases presenciales, había sido presentado por las diputadas Camila Rojas (Comunes), Camila Vallejo (PC), Cristina Girardi (PPD), Marcela Hernando (PR), Pamela Jiles (PH) y los legisladores Mario Venegas (DC), Juan Santana (PS), Gonzalo Winter (CS), Rodrigo González (PPD), Tomás Hirsch (IND), Marcelo Schilling (PS) y Esteban Velásquez (FRVS).

acusación constitucional Figueroa

Notas relacionadas








Artículo 107: de la presencia bursátil al capital flotante

Artículo 107: de la presencia bursátil al capital flotante

Cabe preguntarse, entonces, si la desconcentración de la propiedad accionaria constituye un criterio más adecuado que la liquidez para justificar este tratamiento excepcional. Una sociedad puede tener un capital flotante importante y registrar escasas operaciones bursátiles, mientras otra puede presentar una elevada frecuencia de transacciones pese a tener una propiedad accionaria más concentrada.

Foto del Columnista Germán R. Pinto Perry Germán R. Pinto Perry



Ximena Ossandón, vicepresidenta de la Cámara (RN):

Ximena Ossandón, vicepresidenta de la Cámara (RN): "El Gobierno no puede permitir que se pierda la agenda por lo que dicen o hacen los ministros"

La vicepresidenta de la Cámara de Diputadas y Diputados valora que el Gobierno ajuste su modelo de vocería, pero advierte que los cambios no bastarán si quien asume “no participa en las decisiones”. Además, sostiene que el Ejecutivo debe reforzar su respuesta en materia de empleo y pide a los ministros “buen trato” con el Congreso mientras se discute el Presupuesto.

Daniel Lillo