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3 de Marzo de 2017

¿Cómo operaría la nueva ley ante cortes de agua por cambio climático?

Aguas Andinas no está dando el ancho y le debe una explicación coherente a millones de santiaguinos por el corte del servicio. Queremos saber si se han hecho bien, si son suficientes las inversiones realizadas en el río Maipo para prever episodios críticos como el vivido el pasado fin de semana y si los organismos públicos han fiscalizado debidamente todo el proceso.

Por El Dínamo
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Ante la turbiedad del río Maipo, producto de las lluvias estivales caídas en la cordillera de la Región Metropolitana, Aguas Andinas decretó el pasado domingo 26 de febrero el corte del servicio a miles de clientes de 30 comunas del Gran Santiago. Y hasta el jueves 2 de marzo, es decir, 4 días después de la emergencia, ocho comunas seguían sin normalizar el servicio.

Tal como ha ocurrido en episodios similares, los clientes han expresado su indignación y molestia hacia la empresa por los cortes imprevistos que trastocan abruptamente la vida cotidiana de miles de familias.

Ante la reciente emergencia, el gerente general de Aguas Andinas, Eugenio Rodríguez, descartó de plano algún tipo de responsabilidad de la empresa y desechó eventuales compensaciones hacia los clientes.

El alto ejecutivo expresó a Radio Cooperativa: “Siempre hemos intentado en estos días hacer ver que hemos estado ante un fenómeno meteorológico de fuerza mayor y es una emergencia que ha excedido en todos los pronósticos que uno pudiera haber tenido”. Y remató: “Acá no ha habido negligencia, aquí no ha habido fallas de proceso ni fallas operativas”.

Las principales deficiencias que plantean los usuarios y la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) apuntan a la poca información que la empresa le ha entregado directamente a la comunidad, así como la debida diligencia en la gestión de la infraestructura y de las inversiones de seguridad que están en marcha.

Según la máxima autoridad de la SISS, Rolando Bruna, las inversiones solicitadas a Aguas Andinas para evitar la suspensión del servicio en caso de lluvias son “insuficientes” para hacer frente al cambio climático. La empresa implementa desde el año 2014 el Plan de Obras de Seguridad y los trabajos culminan el 2019. El objetivo es dotar de autonomía de hasta 32 horas al sistema de producción de agua potable de la Región Metropolitana.

Este último y los anteriores casos ocurridos en la Región Metropolitana y en otros puntos del país, nos obliga a evaluar más en detalles el funcionamiento de la normativa vigente y cómo las sanitarias enfrentan futuras emergencias derivadas de la sequía y el cambio climático.

Recientemente la Cámara de Diputados aprobó unánimemente el proyecto ley que presenté para actualizar la legislación, generar equidad en las tarifas y mayores exigencias a las empresas. La moción se discute actualmente en el Senado, pero ya el gremio que reúne a las sanitarias manifestó su rechazo a los cambios aprobados en el primer trámite constitucional.

Para explicar el tema se comparará la actual legislación y como operaría la nueva normativa frente al último corte de agua que vivió el Gran Santiago.

Las multas son un mecanismo que actualmente contempla la Ley N° 18.902 que crea la SISS. Entre los años 2010 y 2016, Aguas Andinas ha sido infraccionada por tan solo $1.049 millones de pesos. Algunas de las sanciones ya se encuentran aplicadas, mientras que otras están en proceso de apelación.

A nuestro juicio y basados en las declaraciones de la propia SISS y Aguas Andinas, la empresa habría incurrido en 5 posibles faltas:

i) Deficiencias en la atención de los reclamos de los usuarios.
ii) Deficiencias en la calidad, continuidad u obligatoriedad de los servicios.
iii) Daño a las redes u obras generales de los servicios.
iv) Incumplimiento del programa de desarrollo a que se refiere el artículo 14º del decreto con fuerza de ley Nº 382, de 1988, del Ministerio de Obras Públicas.
v) Poner en peligro o afectar gravemente la salud de la población, o afectar a la generalidad de los usuarios de los servicios.

A modo de ejemplos, en el caso de las deficiencias en la calidad, continuidad u obligatoriedad de los servicios, las multas actuales se manejan entre las 1 a 50 Unidades Tributarias Anuales (UTA), lo que en pesos corresponde a entre 556 mil pesos y 27 millones 820 mil pesos.

Por esta misma infracción, la moción contempla elevar el rango desde las 1.001 y las 5.000 UTA, es decir, entre los casi 557 millones de pesos y los 2 mil 782 millones de pesos.

Ante el incumplimiento del programa de desarrollo, la multa actual contempla entre 50 a 10.000 UTA, lo que traducido en pesos significan tramos que van desde los 27 millones 820 mil pesos y hasta los 5 mil 564 millones de pesos.

Otro aspecto que contempla la nueva ley sanitaria que se tramita en el Congreso son las compensaciones a los clientes por la interrupción o suspensión del servicio de producción, distribución de agua potable, recolección, disposición y tratamiento de aguas servidas que no estén autorizados en conformidad a la ley y los reglamentos, y que afecte parcial o íntegramente una o más áreas de concesión. Este artículo obedece a que la normativa actual no contempla compensación para los clientes. Solo a través del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac).

La nueva legislación apunta a compensar a los usuarios con cargo al concesionario que corresponda y con un equivalente a cinco veces del valor promedio del consumo diario de los últimos 3 meses, multiplicado por el número de días en que se registró la suspensión del servicio. Independientemente de la duración en horas del evento se considerará día afectado, valorizada a la tarifa correspondiente al momento de hacerse efectiva la compensación.

La compensación regulada en este artículo se efectuará descontando las cantidades correspondientes en la facturación más próxima o en aquellas que determine la Superintendencia a requerimiento del respectivo concesionario. Las compensaciones a que se refiere este artículo se abonarán al usuario de inmediato, independientemente del derecho que asista al concesionario para recurrir en contra de terceros responsables.

Un tercer ámbito busca mejorar las atribuciones de la SISS en el cambio de planes de inversión.

El proyecto de ley plantea que la SISS podrá rechazar las solicitudes de cambios de planes de inversión efectuadas por la empresa, si es que no las considera pertinentes. Hoy basta con la presentación de esa solicitud para que la SISS la apruebe. Los planes de inversión necesarios para garantizar mayores márgenes de autonomía al sistema podrían ser defendidos por la SISS con mayores herramientas.

Aguas Andinas no está dando el ancho y le debe una explicación coherente a millones de santiaguinos por el corte del servicio. Queremos saber si se han hecho bien, si son suficientes las inversiones realizadas en el río Maipo para prever episodios críticos como el vivido el pasado fin de semana y si los organismos públicos han fiscalizado debidamente todo el proceso.

Para asegurar un buen suministro, hay que tomar más en cuenta el cambio climático y hacer las inversiones que correspondan a esta nueva realidad. El Ejecutivo debe priorizar el proyecto de ley para mejorar el servicio y responder a las necesidades de la ciudadanía frente al abuso de las empresas.

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