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10 de Enero de 2019

Concejo de Santiago aprobó prohibir artistas de todo tipo en terrazas públicas

Su incumplimiento será sancionado con multas de entre 1 y 3 UTM. En caso de reincidencia se arriesga la caducidad de la patente.

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El Concejo Municipal de Santiago aprobó por 8 votos a favor, 2 abstenciones 1 uno en contra la modificación de la ordenanza que establece las condiciones de ocupación de bienes nacionales de uso público para la instalación de mobiliario de los locales comerciales, que incluye la prohibición de autorizar a artistas de ningún tipo.

La norma detalla el tipo de mobiliario que deben utilizar los locales en los diversos sectores del espacio público de la comuna y reglamenta sus materiales, diseños y medidas de las mesas, sillas, separadores, quitasoles y jardineras. El plástico no se aceptará como parte fundamental de la estructura, sumándose a la tendencia mundial para fomentar el cuidado del medioambiente.

“Tal como lo hacen las principales ciudades europeas que son un atractivo turístico casi por definición, en Santiago queremos que las terrazas instaladas en los espacios públicos sean similares, para darle armonía al entorno y a la comuna en general”, expresó el alcalde Felipe Alessandri.

“Estamos seguros que el uso que le damos determina la ciudad y cuando Santiago está más ordenado, mejora la seguridad y la limpieza”, añadió.

Otra modificación importante es que ahora no solo los restaurantes podrán instalar mobiliario en el espacio público, sino que otros comercios, como las cafeterías y comidas al paso, ampliando los giros actuales.

Con mayor debate también se aprobó que los locatarios no tienen facultad para autorizar a artistas de ningún tipo a actuar en las terrazas instaladas en el espacio público, ya que esa es una facultad exclusiva de la administración comunal.

En este punto, se explicitó que la ordenanza aprobada no tiene nada que ver con la autorización de músicos callejeros o artistas urbanos en el espacio público, el que está regulado por otro cuerpo legal.

La normativa aprobada, en el artículo 31, señala: “El titular de este permiso, no tiene facultades para otorgar permisos a artistas urbanos en el espacio del Bien Nacional de Uso Público autorizado, ni tampoco tiene facultades para instalar ni autorizar la instalación o funcionamiento de parlantes u otros elementos sonoros, desde o hacia el área autorizada. La transgresión a esta norma, será sancionada según el título siguiente de la presente Ordenanza”.

La fiscalización estará a cargo de los inspectores municipales y Carabineros. Su incumplimiento será sancionado con multas de entre 1 y 3 UTM. En caso de reincidencia se arriesga la caducidad de la patente.

Al respecto, el alcalde declaró que “hace varios años que en Santiago, y especialmente en el casco histórico, los artistas deben cumplir ciertas condiciones para actuar”.

“Los horarios y lugares permitidos están definidos considerando una serie de factores y hoy tenemos a más 100 autorizados solo en el centro. Nuestro llamado es que quienes no cuentan con los permisos se acerquen al área de espacios públicos para solicitarlos y se verá caso a caso, dependiendo de la disponibilidad”, concluyó.

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