El Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago resolvió dejar en libertad, bajo las medidas cautelares de firma mensual y arraigo nacional, al conductor de 38 años que fue detenido tras ser sorprendido circulando a 264 kilómetros por hora por la autopista Costanera Norte, en la comuna de Vitacura.
El imputado fue formalizado por el delito de conducción temeraria luego de ser detectado el pasado domingo transitando a una velocidad muy superior al límite permitido de 100 km/h en el sector del kilómetro 7,5 de la vía.
Las razones del tribunal para dejar libre al conductor sorprendido a 264 km/h en Costanera Norte
Durante la audiencia, la Fiscalía solicitó la medida cautelar de arresto domiciliario total, argumentando la gravedad de la conducta y el riesgo que representó para otros usuarios de la autopista. Sin embargo, la jueza Ximena Rivera Salinas rechazó la petición y optó por medidas menos restrictivas mientras se desarrolla la investigación.
Asimismo, el tribunal acogió la solicitud de la defensa de mantener en reserva la identidad del conductor. En la audiencia tampoco se discutió una eventual suspensión de su licencia de conducir.
Tras la resolución, la fiscal adjunta de Flagrancia Metropolitana Oriente, Andrea Contreras Azocar, explicó que el delito atribuido al imputado está contemplado en el artículo 197 de la Ley de Tránsito, normativa que establece penas relativamente bajas, de entre 41 y 60 días de privación de libertad.
La persecutora destacó que, si bien no existen antecedentes que permitan afirmar que el hecho correspondió a una carrera clandestina, la velocidad alcanzada por el conductor constituyó una acción altamente peligrosa debido al flujo habitual de vehículos que registra la Costanera Norte.
Respecto a la licencia de conducir, la fiscal precisó que la legislación vigente contempla la suspensión de este documento principalmente en casos relacionados con conducción bajo los efectos del alcohol, razón por la cual dicha medida no fue solicitada.
Durante la jornada también se informó que el imputado mantiene antecedentes por una infracción a la Ley 20.000 y una antigua condena por conducción en estado de ebriedad. No obstante, esta última corresponde al año 2009 y se encuentra prescrita, por lo que el tribunal no la consideró determinante al momento de resolver las cautelares.
De igual manera, el antecedente vinculado a la Ley de Drogas no fue relacionado directamente con el hecho investigado, por lo que tampoco tuvo incidencia en la decisión judicial.
Finalmente, el tribunal fijó un plazo de 90 días para el desarrollo de la investigación, periodo durante el cual se reunirán los antecedentes necesarios para determinar eventuales responsabilidades y definir el curso del proceso penal.
