Una día clave se vive en el Tribunal Constitucional (TC) este martes, donde se están revisando los requerimientos que presentó la oposición en contra del proyecto del Gobierno denominado Escuelas Protegidas, cuya iniciativa permite, entre otras medidas, la revisión de mochilas en colegios y la pérdida de gratuidad para alumnos vinculados a delitos.
En el marco de este proyecto que busca incrementar la seguridad y la prevención en los establecimientos educacionales, el Ejecutivo enfrenta su primer pulso constitucional, luego de que el TC admitiera a trámite los requerimientos que presentaron dos grupos de oposición: senadores y diputados del FA, PC, PS, PPD, PDG e independientes.
Bajo este contexto, la ministra de Educación, María Paz Arzola, explicó este martes que con Escuelas Protegidas “nosotros buscamos entregar herramientas a los colegios e incluso formalizar algunas prácticas, como es la posibilidad de revisar las pertenencias de los estudiantes”.
Ministra Arzola y audiencias en TC por Escuelas Protegidas: “Estamos tranquilos”
De acuerdo a la secretaria de Estado, estas prácticas “son necesarias” y algunas “se están teniendo que llevar a cabo, incluso, pero queremos entregarle certeza normativa a quienes tienen, no solamente que ser objeto de esa revisión, sino que también a quienes tienen que realizarla”.
En esa línea, Arzola manifestó: “Esperamos que esta iniciativa pueda ver la luz. Es parte del proceso el poder recurrir al Tribunal Constitucional, realizar consulta, lo importante es que nosotros estamos tranquilos. Acá se dio una discusión, es un proyecto de ley que fue bien analizado, fue bien pensado y por tanto, esperamos tener que nos permita cumplir con el propósito de entregar establecimientos y dar tranquilidad a las familias”.
De hecho, comentó que “cuando nosotros estuvimos en Calama después de la tragedia que ocurrió allá, esta fue una iniciativa que surgió precisamente de asociaciones de padres y apoderados, quienes nos preguntaron ministra, cómo voy a llevar ahora a mi hijo al colegio y poder estar tranquila cuando lo deje allá“.
“Esa iniciativa Escuelas Protegidas busca responder a esa preocupación tan legítima de los padres y apoderados y por tanto, esperamos que pueda seguir avanzando y convertirse en ley para que los establecimientos escolares puedan disponer de las herramientas que esta iniciativa ley ofrece”, concluyó la ministra de Educación.
El debate por Escuelas Protegidas en el TC
En la audiencia pública previa, el académico e investigador de la fundación Rumbo Colectivo Jaime Portales, manifestó que “no hay evidencia empírica de que estas medidas tengan el efecto esperado de control y de lograr que la convivencia mejore”, señalando que “estas medidas, en términos generales, presentan problemas de proporcionalidad, precisión normativa y debido proceso, y pueden afectar diversos derechos y garantías constitucionales, tales como el derecho a la educación, la igualdad ante la ley, la vida privada, la libertad personal y la libertad de expresión”.
María Trinidad Schleyer, abogada de Libertad y Desarrollo, rechazó los argumentos de la oposición y expuso: “Se cuestionan incorporación de mecanismos de revisión de pertenencias, entre otros, pero ninguna de estas objeciones permite concluir que haya por sí sola la existencia de una infracción constitucional“.
Sobre la norma que establece una inhabilidad para acceder a la gratuidad en educación superior a quienes hayan sido condenados mediante sentencia firme y ejecutoriada por delitos graves, Schleyer sostuvo: “No estamos ante una sanción sino ante un requisito legal habilitante para acceder a un beneficio otorgado por el Estado”.
En tanto, el defensor de la Niñez, Anuar Quesille, expresó que la iniciativa enfrenta la violencia escolar “sin resguardos a los estándares que están consagrados tanto en la Constitución Política de la República, en la Convención sobre los Derechos del Niño y asimismo en la Ley 21.430 sobre garantías y protección integral de las niñas y la adolescencia”.
Siguiendo en esa línea, enfatizó que Escuelas Protegidas “habilita restricciones de derechos sin exigir que sean de último recurso, sin disponer de un procedimiento de evaluación individual del interés superior del niño y sin fijar límites temporales”.