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La decisión que tomó la justicia de España con las denuncias contra Julio Iglesias

La Fiscalía entregó una serie de argumentos acerca que los tribunales españoles no tienen competencia para investigar las acusaciones contra el artista.

La justicia española resolvió archivar la denuncia presentada contra el cantante Julio Iglesias por dos trabajadoras que lo acusaban de presuntas agresiones sexuales y trata de personas. La decisión se adopta tras la publicación de una investigación de tres años realizada por el medio digital español elDiario.es sobre los hechos.

El Ministerio Público fundamentó su resolución en la “falta de jurisdicción de los tribunales españoles y por lo tanto la falta de competencia de la Fiscalía de la Audiencia Nacional para conocer de la investigación preprocesal de los hechos denunciados”.

Según expuso la Fiscalía, los hechos habrían ocurrido en República Dominicana y en las Bahamas, y no en territorio español. Además, el organismo subrayó que Iglesias, de 82 años, “ni reside en España, ni mantiene en este país su centro de vida, intereses, actividad”, pese a contar con propiedades inmobiliarias en el país, tal como recoge el medio que destapó el caso. Estos elementos, a juicio del Ministerio Público, impiden que la justicia española asuma la investigación.

El archivo se produjo después de que este lunes la defensa del artista solicitara personarse en las diligencias y reclamara el cierre del procedimiento por “la falta de jurisdicción española para el conocimiento de los hechos”. }

La investigación a Julio Iglesias que la justicia decidió archivar

Aunque elDiario.es publicó el inicio de su investigación el pasado 12 de enero, la Fiscalía ya había comenzado a analizar la denuncia a comienzos de ese mismo mes. En ella se imputaban, además del delito de trata, varios delitos contra la libertad y la indemnidad sexuales conforme al Código Penal vigente en 2021.

La resolución adoptada por la Fiscalía no admite recurso. En el texto, el Ministerio Fiscal indica a las denunciantes que, si lo estiman oportuno, la vía a seguir es “reproducir su denuncia ante los órganos judiciales” competentes.

Asimismo, recuerda la jurisprudencia del Tribunal Supremo, según la cual “no corresponde a España investigar hechos cometidos allende sus fronteras cuando otro Estado tiene competencia clara y efectiva para ello, y no existe motivo para no iniciar las correspondientes acciones penales en el mismo”.

En la misma línea, precisa que aunque el delito de trata no tiene fronteras, exige que las víctimas sean nacionales o residentes en España, condición que no cumplen las dos denunciantes, ambas extranjeras.

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