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27 de Noviembre de 2012

Ley de Pesca: Fundación Terram denuncia que normativa transgrede Acuerdo de protección de flora y fauna

Grupos ambientalistas señalan que si se modifica la redacción del artículo nº 158 se contravendría Convención de Washington ya que se permitirá el uso de porciones terrestres que formen parte de Parques Nacionales, Reservas Nacionales y Forestales, para complementar las actividades marítimas de acuicultura.

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Mientras el polémico proyecto de ley que busca reemplazar la Ley de Pesca, vigente desde hace una década, enfrenta este martes su última etapa de tramitación en la Sala de la Cámara Alta, la ONG ambientalista Terram denunció la aparición de temas que calificó de preocupantes y que habrían pasado desapercibidos.

Se trata sobre todo del artículo N°158 de la actual norma y que se pretende modificar. Este punto se vincula con las zonas lacustres, fluviales y marítimas que forman parte del Sistema Nacional de Áreas Silvestres Protegidas del Estado, y que según la actual redacción quedan excluidas de toda actividad pesquera extractiva y de acuicultura.

No obstante, en las zonas marítimas que formen parte de Reservas Nacionales y Forestales, podrán realizarse dichas actividades.

Previa autorización de los organismos competentes, podrá permitirse el uso de porciones terrestres que formen parte de dichas reservas, para complementar las actividades marítimas de acuicultura, detalla Terram.

La modificación que se pretende introducir incorpora la posibilidad de desarrollar actividades comerciales en parques nacionales

No obstante, en las zonas marítimas que formen parte de Parques Nacionales, Reservas Nacionales y Forestales, podrán realizarse dichas actividades. En caso que exista la zonificación del borde costero, dichas actividades se realizarán de conformidad con dicho instrumento.

Previa autorización de los organismos competentes, podrá permitirse el uso de porciones terrestres que formen parte de dichas reservas, para complementar las actividades marítimas de acuicultura.

Frente a estos hechos, un grupo de organizaciones y profesionales ya hicieron llegar una carta a los senadores manifestando su preocupación por la inminente aprobación del proyecto de ley, especialmente en lo relativo a la posibilidad de desarrollo actividades de acuicultura y pesca extractiva en Parques Nacionales.

La redacción propuesta contraviene abiertamente lo estipulado en la Convención para la Protección de la Flora, Fauna y Bellezas Escénicas, conocida como Convención de Washington, que fue ratificada por el Parlamento chileno en 1967 y está vigente desde entonces. Ésta, al igual que otros convenios internacionales suscritos por Chile, se vería vulnerada de aprobarse esta normativa, así como el propósito que tiene la categoría de protección denominada Parque Nacional, área protegida en la cual no pueden realizarse actividades extractivas y/o productivas con fines comerciales.

De acuerdo al derecho internacional, los convenios y tratados internacionales suscritos y ratificados por Chile en materia de conservación y protección de la biodiversidad están plenamente vigentes, tal como lo ha señalado el fallo de la Corte Suprema del 27 de junio de 2012, en un recurso de casación que revisó doce causas y que en su argumento de fondo expresa: “Que en cuanto al marco jurídico y fáctico que sostiene la sentencia cuestionada, ésta se afirma, básicamente en la Convención para la Protección de la Flora, la Fauna y las Bellezas Escénicas naturales de América, denominada “Convención de Washington”, promulgada mediante decreto supremo Nº 531 del Ministerio de Relaciones Exteriores, publicado en el Diario Oficial el 4 de octubre de 1967, que es ley de la República.

En su artículo III esta normativa internacional establece que: “Los Gobiernos Contratantes convienen en que los límites de los parques nacionales no serán alterados ni enajenada parte alguna de ello sino por acción de la autoridad legislativa competente. Las riquezas existentes en parques nacionales no se explotarán con fines comerciales”.

Los firmante de la carta señalan que han seguido atentamente las discusiones en torno a la tramitación de las modificaciones de la ley de pesca, y que en este marco preocupan también otros temas del mencionado proyecto, tales como la administración de bienes comunes, el otorgamiento indirecto de derechos de propiedad, la aplicación del principio precautorio en la toma de decisiones, la capacidad real de recolección de información científica para la toma de decisiones, quién o quienes se hacen responsable de la toma de decisiones en estas materias, así como la implementación de capacidades de fiscalización y sanción.

En términos generales, consideramos que las modificaciones que se pretende aprobar e implementar no han contado con el debido tiempo de discusión pública en todas las instancias de tramitación que permita una adecuada maduración y análisis sobre qué es mejor para el país, careciendo de una visión de sustentabilidad integral, quedándose una vez más la discusión restringida únicamente a temas económicos.

Con estos argumentos las organizaciones han solicitado encarecidamente al Senado que rechace la redacción propuesta por el Ejecutivo para el artículo 158 del mencionado proyecto de ley, boletín Nº 8901.

Organizaciones firmantes:
Fundación Terram, Flavia Liberona
Fundación Pumalin, Hernán Mladinic
Fundación Chile 21, Patricio Rodrigo
Consejo Nacional de Guardaparques, Osvaldo Herrera
Greenpeace Chile, Samuel Leiva
Ética en los Bosques, Bernardo Reyes
Ecosistemas, Juan Pablo Orrego
Así Conserva Chile, Elisa Corcuera, Mariela Nuñez
Observatorio Ciudadano, José Aylwin
Oceana, Alex Muñoz
Corporación El Canelo de Nos, Alejandro Salinas
Centro Manomet para Ciencias de la Conservación, Diego Luna
Corporación Privada para el Desarrollo de Aysén, Patricio segura
Acción A.G., Alicia Sánchez
Instituto de Ecología Política, Manuel Baquedano
Programa Chile Sustentable, Sara Larraín
WWF, Ricardo Bosshard

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