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Corte Marcial absolvió a capitán que denunció corrupción en Regmiento Tacna

En fallo unánime, el tribunal castrense revocó la sentencia apelada, tras establecer que no existen antecedentes para condenar al militar por instigación a la sedición o motín.

La Corte Marcial decretó la absolución del capitán del Ejército Rafael Humberto Harvey Valdés del cargo que lo sindicaba como autor del delito de sedición impropia, ilícito supuestamente cometido en agosto de 2015, al interior del Regimiento de Artillería N° 1 Tacna, donde denunció presuntos hechos de corrupción.

En fallo unánime, el tribunal castrense de segunda instancia –integrado por los ministros Hernán Crisosto, Juan Manuel Muñoz Prado, Álex Gluzman, Fernando Paniagua y Jaime Elgueta– revocó la sentencia apelada, tras establecer que no existen antecedentes para condenar al militar por instigación a la sedición o motín.

“De los antecedentes que arroja la exhaustiva investigación y que se adicionan en el fallo, no resulta posible configurar el hecho punible, pues no se divisan conductas tendientes a provocar o causar desorden, indisciplina o incumplimiento de deberes militares, estimulando a los soldados a ejecutar determinados hechos, ni menos se advierte la preparación o trama para preparar con astucia algo, especialmente si es negativo, es decir, la instigación”, sostiene el fallo.

La resolución agrega que “no concurren los elementos correspondientes a la sedición impropia, pues las molestias de los soldados conscriptos -una parte de ellos- corresponden a actuaciones ocurridas en el regimiento y que desembocan en las deserciones, sin que el oficial Harvey tenga conexión directa, gravitante e influyente para tales desenlaces”.

“El delito de sedición impropia es grave dada la penalidad que asigna la ley pues constituye un ataque a la disciplina y seguridad del Ejército ya que importa un quebrantamiento del régimen disciplinario militar, siendo el Estado, a través del Ejército de Chile, el sujeto pasivo que sufre las consecuencias de la actuación delictuosa”, añade.

“En este sentido, cabe puntualizar que los hechos imputados al acusado no fueron materia de investigación sumaria administrativa (artículos 433 y 132 del Código de Justicia Militar y 33 del Reglamento de Disciplina para Las Fuerzas Armadas), ni tampoco se dejó anotación negativa en su Hoja de Vida y Calificaciones, desprendiéndose claramente que la institución castrense no evidenció perjuicio o afección por dichas actuaciones”, concluye.

El 2 de febrero pasado, el Segundo Juzgado Militar condenó a cinco años de reclusión militar en su grado máximo al capitán Rafael Harvey, quien denunció una serie de hechos de corrupción al interior del Ejército.

Según una investigación iniciada en la justicia castrense en septiembre de 2015, Harvey indujo a desertar a 13 soldados que efectuaban su servicio militar en el Regimiento de Artillería N°1 Tacna, quienes al momento de dejar la institución argumentaron haber sufrido cobros indebidos, malos tratos y amenazas por parte de superiores.

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