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Quedan pocos días: hasta cuándo y cómo puedo cambiar mi domicilio electoral en el Servel

El presidente del Servel, Andrés Tagle, hizo un llamado a la ciudadanía a revisar su domicilio electoral.

El Servicio Electoral (Servel) anunció el cronograma electoral para este 2023 de cara a la elección del Consejo Constitucional, organismo que estará encargado de redactar la nueva Constitución.

Por lo mismo, recordó que existen fechas límites para realizar trámites acordes a las futuras jornadas de votación, como por ejemplo el cambio de domicilio electoral.

¿Hasta cuándo puedo solicitar cambio de domicilio electoral?

“Llamamos a los electores a revisar el domicilio electoral”, indicó Andrés Tagle, presidente del Servel, durante la actividad donde se dio a conocer el calendario de las elecciones para este año.

Junto con eso, se precisó, que la fecha límite para hacer este trámite es el 26 de enero, a las 23:59.

¿Dónde puedo cambiar mi domicilio electoral?

El cambio de domicilio electoral se puede hacer en el sitio web del Servel, utilizando tu Clave Única, o en oficinas racionales de Servel o de Chile Atiende.

Luego del trámite realizado, el cambio de domicilio se verá reflejado en la consulta de datos electorales transcurridos 25 días hábiles.

Debido a ello, el Servel informó que se enviará un correo masivo a toda la ciudadanía respecto a los plazos para cambiar el domicilio y se enviarán mensajes de textos a más de 21 millones de teléfonos celulares.

Cronograma electoral del Servel para este 2023:

  • 20 de enero: Se publica en el Diario Oficial los Límites de Gasto Electoral y los espacios públicos destinados a la instalación de propaganda.
  • 26 de enero: Último día para solicitar el cambio de domicilio electoral.
  • 27 de enero: Servel publicará la nómina especial de electores mayores de 90 años que no serán considerados en el padrón electoral. Estas son personas que no tengan su documento de identidad vigente, por no haber obtenido o renovado su cédula nacional de identidad o pasaporte en los últimos once años, y que además no hayan votado en las últimas dos elecciones. Las personas que hayan sido incluidas en esta nómina podrán reclamar hasta el sábado 11 de febrero, según el plazo determinado en la reforma constitucional.
  • 6 de febrero: Vence plazo para la declaración de candidaturas y se inicia el período de campaña.
  • 8 de marzo: Inicio de propaganda electoral.
  • 23 de marzo: Se publica el padrón electoral definitivo.
  • 15 de abril: Se publica la nómina de vocales de mesa y miembros de Colegio Escrutador designados por las Juntas Electorales, junto a las mesas y locales de votación.
  • Entre el 17 y 19 de abril: Es el plazo de excusas para quienes no puedan ejercer como vocales de mesa.
  • 22 de abril: Publicación de nóminas de vocales de mesas reemplazantes y vencimiento de plazo para divulgar resultados de encuestas.
  • 4 de mayo: Cierre de propaganda electoral.
  • Domingo 7 de mayo: Se realiza la elección de los 50 miembros del Consejo Constitucional que estará encargado de redactar la nueva Constitución.

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