La Pensión Garantizada Universal (PGU) es una ayuda económica mensual entregada por el Estado de Chile a personas de 65 años o más y desde septiembre, se ampliará el universo de beneficiarios, lo que permitirá que un nuevo grupo de chilenos pueda acceder a este aporte.
Esta ayuda reemplazó al antiguo Pilar Solidario y está dirigida tanto a pensionados como a personas que aún no se han jubilado, siempre que cumplan con los requisitos establecidos por ley.
En ese contexto, el objetivo de esta ayuda es mejorar los ingresos de las personas mayores, independiente de si han cotizado o no durante su vida laboral.
Ampliación de la PGU: quiénes se suman al beneficio económico y cómo postular
Desde septiembre de 2025, se sumará un nuevo grupo al universo de beneficiarios de la PGU correspondiente a las personas mayores de 82 años que actualmente reciben pensiones asociadas a leyes reparatorias o pensiones de gracia, como las otorgadas por los informes Valech, Rettig, el programa de Exonerados Políticos y otras pensiones especiales del Estado.
Sin embargo, para recibir la PGU, este grupo también deberá cumplir con los requisitos generales exigidos a todos los postulantes:
- No pertenecer al 10 % más rico de la población, lo que será verificado por el Instituto de Previsión Social (IPS) al momento de la solicitud.
- Haber vivido en Chile al menos 20 años (continuos o no), contados desde los 20 años de edad en adelante, y además haber residido al menos cuatro de los últimos cinco años antes de la postulación.
- Tener una pensión base igual o inferior a $1.210.828, sin incluir en ese cálculo los montos recibidos por reparaciones del Estado.
Es fundamental que las personas estén inscritas en el Registro Social de Hogares (RSH), ya que esta base de datos entrega parte de la información necesaria para verificar si cumplen o no con los requisitos para acceder al beneficio.
Revisa con tu RUT si recibirás el aumento de la PGU
Puedes acceder directamente a la plataforma de consulta en línea HACIENDO CLIC ACÁ.
Otra opción es ingresar al sitio web oficial del Instituto de Previsión Social (IPS) EN ESTE LINK.
Si aún tienes preguntas, puedes obtener más información a través de estos canales oficiales:
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