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Convención aprueba derecho a la educación, pero envía a comisión normas sobre libertad de enseñanza

El pleno del órgano constituyente aprobó en particular el artículo que establece que “el Estado asegura a todas las personas el derecho a la educación”, dejando pendiente varios incisos.

El pleno de la Convención Constitucional aprobó el artículo sobre derecho a la educación contenido en el segundo informe de la comisión de Derechos Fundamentales, enviando nuevamente a la instancia varias normas e incisos, varios de ellos referidos a la libertad de enseñanza.

Por 114 votos a favor, 12 en contra y 20 abstenciones, los convencionales decidieron enviar al borrador el artículo 15, que señala que “el Estado asegura a todas las personas el derecho a la educación”.

La votación en particular abordó otros temas del informe como la definición de educación y la “función primordial e ineludible del Estado” para su desarrollo. Dicha norma recibió 54 votos a favor, 28 en contra y 69 abstenciones, siendo enviada a comisión al obtener ¼ del respaldo del pleno.

Otro artículo que deberá ser nuevamente revisado es el 19, específicamente los incisos 1, 2 y 3, que establecía que “la Constitución reconoce la libertad de enseñanza y es deber del Estado respetarla”, abarcando la libertad de cátedra de los educadores, la libertad de los particulares de fundar instituciones, y la libertad de padres, madres, apoderados y apoderadas a elegir el tipo de educación de las personas a su cargo.

Durante el debate la convencional Valentina Miranda (PC) había adelantado que varias partes de este informe serían desestimadas, precisando que “necesitamos regular de manera muy minuciosa este derecho por el cual hemos luchado tanto. Se que esta nueva propuesta hablará de una educación universal, gratuita, pública, integral, emancipatoria y no sexista, pero por sobre todo, que esté a la altura de lo que Chile necesita”.

Pollyana Rivera (IND-UDI) centró la discusión en el derecho preferente de los padres a la educación de los hijos. “Somos nosotros, los padres los que en la mayoría de los casos sabemos lo que es mejor para nuestros hijos, no podemos conformarnos con una consagración disfrazada del derecho a la educación, sino que queda consagrada que el derecho es preferente y deber de los padres. No nos podemos conformar con que nos den a elegir a qué establecimiento llevar a nuestros hijos, sino debe consagrarse el derecho a escoger un proyecto propio”, manifestó.

De esta forma, gran parte de los artículos referidos a educación deberán ser sometidos a una nueva revisión para un tercer informe, el que deberá ser votado nuevamente por el pleno.

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