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Dura derrota de Stingo: pierde juicio laboral contra Mega

La Corte Suprema determinó que el vínculo entre Daniel Stingo y la señal televisiva no se regía por el Código del Trabajo.

Un duro revés en el juicio laboral que inició Daniel Stingo contra Mega por un supuesto despido injustificado informó la Corte Suprema, desde donde acogieron un recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por la señal televisiva.

De esta manera, el fallo inicial de la Corte de Santiago fue impugnado, y en su lugar, se determinó que el vínculo con Mega no se regía por el Código del Trabajo, ya que Daniel Stingo negoció en condiciones de horizontalidad con la cadena de televisión y no era un subordinado.

De acuerdo al dictamen de la Corte Suprema, Daniel Stingo y Mega celebraron una serie de contratos a honorarios entre el 2 de enero del 2014 y el 31 de diciembre del 2017 mientras que el abogado trabajaba como panelista del matinal Mucho Gusto.

Labores que se habrían desarrollado “sin sometimiento a jornada, ni a obligación de asistir a las oficinas de la demandada más allá de lo necesario para la prestación del servicio, recibiendo instrucciones por audífono, al igual que los demás panelistas, en el contexto del orden necesario que debe existir para llevar a cabo el programa”.

“Los servicios prestados por el actor no coinciden con el modo en que la legislación describe y caracteriza el contrato de trabajo, y que, por el contrario, se ajustan de mejor manera a la libertad y autonomía que es propia de un vínculo de naturaleza civil, en conformidad con los documentos que oportunamente suscribieron y con la conducta que mantuvieron durante la vigencia del primero y de sus posteriores renovaciones, sin tener inconveniente ni reproche alguno que formularse, sino hasta su término”, explicó el máximo tribunal del país.

El recurso de unificación de jurisprudencia de Mega fue aceptado porque se determinó que las sentencias previas en este caso “dan cuenta de la existencia de interpretaciones disimiles” y no satisfacen “los presupuestos legales”.

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