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Sernac ante Caso La Polar: “Los consumidores no pierden derecho a compensación por tener deudas impagas”

El director del servicio cuestionó un informe del actual directorio de la firma determinado cifras y detalles de las compensaciones por repactaciones unilaterales; según él, “es la justicia la que debe determinar el monto, no la empresa”.

En el marco del caso La Polar y del informe publicado por el actual directorio de la firma detallando la cantidad de personas que debieran ser indemnizadas y las cifras, el Director del Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), Juan Antonio Peribonio, subrayó que los consumidores tienen derecho a ser compensados y los montos los determinará el juez y no la empresa.

En detalle un informe de un experto dado a conocer por la empresa ha indicado, entre otras puntos, que el 79% de los clientes repactados no habrían pagado su deuda base y en consecuencia no tendrían compensación.

Los consumidores no pierden su derecho a una compensación justa por tener deudas impagas. No debemos olvidar que fue la misma práctica de la empresa de repactar a espalda de sus clientes la que los mantuvo en un círculo de deuda al aumentarle hasta 10 veces los montos. Nadie tiene deudas sin pagar por gusto”, explicó Peribonio en un comunicado publicado en la web del servicio.

Según la autoridad, “muchos clientes de la Polar que tuvieron la intención de pagar sus deudas no lo pudieron hacer porque su deuda se multiplicó, es decir, su cuota mensual fue aumentada haciéndoles imposible pagar”.

Subrayó que el Sernac no conoce los detalles del informe, “pero esta discusión se debe dar en el marco del juicio donde la empresa podrá mostrar su voluntad de compensar el daño causado y recuperar la confianza de sus clientes” y reiteró que la demanda colectiva seguirá su curso pues “aquí no se ha dicho la última palabra y será en el juicio donde se determinen las justas compensaciones”.

Las compensaciones que deriven de la sentencia en la demanda colectiva, tienen alcance para todos los afectados, hayan o no reclamado al Sernac.

“La Ley no distingue entre el que pagó y no pagó. Los derechos son para todos y la empresa deberá entregar una compensación justa”, precisó.

No hay que olvidar que el rol del Sernac es la defensa de todos los consumidores “y no se debe confundir esta función con la defensa de un interés particular. Repactar unilateralmente vulnera los derechos básicos de los consumidores como es la libertad de elegir y es eso lo que estamos defendiendo”, puntualizó Peribonio.

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