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Condenados por caso ‘Degollados’ seguirán teniendo salida dominical

Según los magistrados de la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago”no se ha demostrado por lo recurrentes de qué modo el que los beneficiados por la salida dominical lo hayan recibido a diferencia de otros afecta, perturba o amenaza el principio de igualdad de aquellos a favor de quienes ha sido interpuesto el recurso”.

El recurso de protección en contra de Gendarmería, presentado por los familiares de los tres  profesionales comunistas asesinados el 29 de marzo de 1985, en el denominado caso “Degollados”, fue rechazado por La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago.

La acción judicial buscaba impedir que  los ex carabineros Guillermo González Betancourt y José Fuentes Castro, condenados a cadena perpetua simple por estos tres  asesinatos, además de los secuestros de otras 6 personas, gozaran de salida dominical.

De acuerdo con la información publicada por ADN, los ministros Miguel Vázquez y Omar Astudillo Contreras, junto a la abogada integrante Carmen Domínguez, no dieron a lugar a la acción constitucional presentada por las familias de Manuel Guerrero, José Manuel Parada y Santiago Nattino, todos muertos por degollamiento en un sitio eriazo de la comuna de Quilicura por agentes de la Dirección de Inteligencia Policial de Carabineros.

Según los magistrados “no se ha demostrado por lo recurrentes de qué modo el que los beneficiados por la salida dominical lo hayan recibido a diferencia de otros afecta, perturba o amenaza el principio de igualdad de aquellos a favor de quienes ha sido interpuesto el recurso. En tal sentido, no se divisa afectación alguna del principio de igualdad de aquellos en cuyo favor ha sido interpuesto el recurso pues ellos no se encuentran en la misma situación de aquellos a quienes se ha concedido el beneficio contra el cuál se reclama… Por tanto, los antecedentes aportados por las partes, debidamente apreciados, llevan a esta Corte a concluir que no se encuentra acreditado de forma alguna la privación, perturbación o amenaza de las garantías constitucionales que han sido alegadas por los recurrentes ni de ninguna otra garantía”, establece parte del fallo.

Fernando Leal,  abogado de los familiares de los tres profesionales comunistas,  anunció que apelarán a la Sala Constitucional de la Corte Suprema.

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