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Corte Suprema ratificó multa de 678 millones a Pablo Alcalde por el caso La Polar

El máximo tribunal revirtió lo decidido por la Corte de Apelaciones y mantuvo la multa estipulada por la SVS.

La Corte Suprema acogió un recurso de casación y confirmó la multa de 25.000 UF (678 millones) aplicada por la Superintendencia de Valores y Seguros a Pablo Alcalde, ex presidente del directorio de la empresa La Polar.

En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal revocó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que había anulado la multa contra Alcalde por presentar información maliciosamente falsa al mercado, presentar información falsa en una Oferta Pública de Acciones y entregar información falsa a los accionistas.

La sentencia del máximo tribunal considera que el tribunal de alzada actuó con el vicio de extrapetita –más allá del conflicto judicial planteado- al acoger el principio de non bis in ídem en el caso.

“En efecto, la alegación de infracción al principio del non bis in ídem no formó parte de la controversia trabada en autos, toda vez que en la demanda el actor se limitó a esgrimir la prescripción de la acción administrativa y la falta de participación en los hechos imputados por la Superintendencia de Valores y Seguros, ahondando en razonamientos relacionados con la prueba rendida en sede administrativa que, a su juicio, acreditarían la falta de conocimiento de su representado respecto de la práctica de repactaciones unilaterales masivas realizadas por los ejecutivos de La Polar en relación a su cartera de clientes morosos”, consignó el fallo.

Además se considera que “lo anterior no cambia por la circunstancia de que conociendo de un recurso de queja deducido en otro proceso entre las mismas partes y relativo al mismo procedimiento administrativo sancionatorio, esta Corte haya expresado en los fundamentos de la sentencia que el reproche de non bis in idem de que aquí se trata podría ser conocido en el presente proceso”.

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