Secciones
País

Hijos de Francisco Huaquipán fueron condenados a prisión por homicidio

Francisco y Gerardo Huaquipán Bustos fueron condenados por el delito consumado de homicidio, ilícito perpetrado en junio de 2016, en Maipú.

Francisca Huaquipán

El Quinto Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago condenó a Francisco Ignacio Huaiquipán Bustos a la pena de 12 años de presidio efectivo, como autor del delito consumado de homicidio, ilícito perpetrado en junio de 2016, en la comuna de Maipú.

En fallo unánime, el tribunal –constituido por los magistrados Erika Villegas Pavlich (presidenta), Fernando Valenzuela González y Luis Avilés Mellado (redactor)– aplicó, además, a Huaiquipán Bustos las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

En la causa, el tribunal también condenó a Bryan Jesús Melián Villagra a la pena efectiva de 5 años y un día de presidio, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como autor del delito consumado de homicidio.

En tanto, Gerardo Ignacio Huaiquipán Bustos deberá purgar 5 años y un día de presidio, más las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena, como cómplice del delito.

Finalmente, el tribunal condenó a Fabio Joshua Bravo Lorca a 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso, más la accesoria de inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos y la de inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, en calidad de cómplice del ilícito.

Bravo Lorca deberá cumplir “durante el período de control con el plan de intervención individual que se apruebe en su momento y con las siguientes condiciones del artículo 17 de la Ley 18.216: a) residencia en un lugar determinado; b) sujeción a la vigilancia y orientación permanentes del delegado que se designe; c) ejercicio de una profesión, oficio o empleo”. Asimismo, deberá cumplir la condición del artículo 17 ter b) prohibición de acercarse a la familia de la víctima.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.

Notas relacionadas







El miedo al error

El miedo al error

Tras un estudio cualitativo sin precedentes, “Claude” mantuvo conversaciones profundas con 81.000 personas de 159 países en una sola semana, surge una verdad incómoda, no tememos que la IA nos reemplace, sino que se equivoque.

Foto del Columnista Luis Bellocchio Luis Bellocchio
Atentar contra la autoridad, atentar contra la gente

Atentar contra la autoridad, atentar contra la gente

En 1827, en los albores de la República, un diario advertía sobre el deterioro de la figura presidencial: “Habéis hecho de él un hombre nulo, y por esto solo habéis lastimado en lo más vivo la dignidad de la nación que él solo representa” (citado en CID, GABRIEL. 2019. Pensar la revolución. Historia intelectual de la independencia chilena. Ediciones UDP, p. 220).

Foto del Columnista Arturo Hasbún Arturo Hasbún