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Justicia condena a NotCo y prohíbe el uso de la marca Not Milk

La justicia determinó la prohibición de cualquier elemento que pueda provocar alguna confusión, como el uso de una vaca o alguna figura relacionada con la leche.

El 1° Juzgado Civil de Valdivia acogió la demanda de la Asociación de Productores de Leche de La Región de Los Ríos (Aproval) y condenó a The Not Company por competencia desleal y prohibió el uso de su marca Not Milk.

La sentencia judicial indica que la compañía fundada por Matías Muchnick, Karim Pichara y Pablo Zamora incurrió “en actos de competencia desleal en las hipótesis de las letras a) y b) del artículo 4 de la Ley N 20.169 que regula la competencia desleal”.

De esta forma, el tribunal ordenó a la empresa a terminar con cualquier conducta que constituya actos de competencia desleal, así como el uso de cualquier marca, rotulado, distintivo o imagen que contenga el nombre “Not Milk”.

Junto a ello, la justicia determinó la prohibición de cualquier elemento relacionado con la industria que pueda provocar alguna confusión, como el uso de una vaca o cualquier figura relacionada con la leche.

Qué decía la demanda

La demanda que fue interpuesta el 2020, señalaba que The Not Company SpA “produce y comercializa un producto denominado y rotulado ‘NotMilk’, ‘No Leche’ en castellano, que exhibe en su caja una vaca tachada, tarjada o rayada”.

“Para vender dicho producto en el mercado la compañía lleva a cabo importantes esfuerzos publicitarios para presentarlo como un sustituto de la leche, una alternativa o reemplazo de la misma”, agregan desde Aproval.

Debido a ello, se agrega que “representa por diferentes vías que la leche sería perjudicial para la salud y que su producción contribuiría a la contaminación del medio ambiente, a diferencia de su producto”.

No más “NotMilk”

La sentencia dada a conocer este sábado, indica expresamente que The Not Company no podrá hacer ningún tipo de “comparación o alusión a la leche, sea directa o indirectamente, de manera explícita o implícita”.

Finalmente, se condenó NotCo “al pago de las costas de la causa por haber sido vencida completamente y no haber tenido motivo plausible para litigar”.

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