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Megatoma de San Antonio: la condición de la Corte de Apelaciones al Gobierno tras confirmar el desalojo

El tribunal de alzada de Valparaíso accedió a la solicitud presentada por los dueños del terreno en que se emplaza la megatoma de San Antonio.

La Corte de Apelaciones de Valparaíso ordenó que se lleve a cabo el fallo que dispuso el desalojo de la megatoma de San Antonio, a la vez que dio a conocer las condiciones que deben cumplir el municipio y el Gobierno en caso de que sea necesario.

De esta forma, el tribunal de alzada porteño accedió a la solicitud realizada por los dueños del terreno. Esto, en torno a darle curso al fallo que el mismo tribunal dictó en junio de 2023, el cual fue ratificado por la Corte Suprema en marzo de 2024, y luego de que el trabajo de la mesa tripartita integrada también por el Ministerio de Vivienda y la Municipalidad de San Antonio no llegó a buen término.

En la actualidad, una cifra cercana a las 10 mil personas reside en la megatoma de San Antonio, que está ubicada en el cerro Centinela.

La condición ante el desalojo de la megatoma de San Antonio

En su resolución, la Corte de Apelaciones de Valparaíso indicó que el proceso de desalojo de la megatoma de San Antonio tendrá que ser coordinado junto con los ministerios de Vivienda, Bienes Nacionales, Desarrollo Social e Interior.

Lo anterior, con el propósito de que se implemente de forma transitoria un recinto que “reúna las condiciones adecuadas donde las personas desalojadas sean albergadas o cobijadas” tras la expulsión.

Luego de la resolución del tribunal, el abogado de la empresa dueña de los terrenos, Diego Pereira, manifestó que “la resolución dispone el cúmplase del fallo; vale decir, el lanzamiento de los ocupantes y para el cumplimiento de aquello obliga a las instituciones mandatadas a implementar un lugar para albergar transitoriamente a los ocupantes luego del desalojo“.

“En los próximos días presentaremos un escrito ante la Corte para que se exija a las instituciones mandatadas que informen de los avances en la constitución de los albergues y fije una fecha para el desalojo de los usurpadores“, añadió el abogado en declaraciones a radio Biobío.

“Si las autoridades mandatadas por el fallo no cumplen con lo dispuesto en la sentencia que se encuentra firme y ejecutoriada, se entiende que desacatan la resolución“, complementó.

Por su parte, la Subsecretaría del Interior aseguró a través de un comunicado que “el Gobierno ha colaborado activamente, de acuerdo con sus capacidades y las condiciones planteadas por la justicia, para ejecutar el fallo”.

“Este punto es del todo relevante, ya que es la propia justicia la que reconoce que el desalojo de las personas no puede llevarse a cabo con auxilio de la fuerza pública sino hasta que se cumplan las condiciones humanitarias necesarias“, añadió.

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