El ex ministro de Energía, Diego Pardow, respondió este miércoles a la acusación constitucional en su contra, justificó el silencio que mantuvo inicialmente tras conocer el error metodológico que llevó a la aplicación de un doble cobro inflacionario en las cuentas de la luz, y aseveró que decidió no revelar públicamente los antecedentes que conoció en octubre de 2024, debido a que por la falta de una información clara “se podría haber comprometido el interés nacional”.
Así lo indicó el ex secretario de Estado en la respuesta que elaboró frente a la acción que presentaron los diputados de la oposición, tras conocer que la empresa de transmisión eléctrica, Transelec, reveló que alertó a las autoridades del posible error en octubre del año pasado.
En el texto de 121 páginas que presentó Pardow como parte de su defensa, descartó que su propósito haya sido ocultar información, y justificó su actuar debido a que en ese momento los antecedentes no eran claros.
“Ante la falta de información cierta disponible, tan solo sabiendo que existían inconsistencias (alertadas por Transelec en 2024), pero sin claridad sobre la magnitud del error, su comunicación pública en esta temprana etapa del procedimiento se traducía en introducir alarma en la ciudadanía, sin un objeto determinado y, dado lo señalado previamente, ahí sí se podría haber comprometido el interés nacional“, detalló Pardow en el documento.
Además, apuntó que “en este contexto, y en la situación que nos encontrábamos, haber comunicado públicamente los hechos no solo habría significado que este ex ministro hubiera intervenido en dicho procedimiento indebidamente e introduciendo criterios de parcialidad, sino que podría haber sido percibido por la empresa como un instrumento de hostigamiento para presionar en contra de sus intereses en la correcta valoración de los activos“, ya que en ese momento Transelec fue sometida a una auditoría.
Más argumentos de Pardow contra la acusación constitucional
En su respuesta a la acusación constitucional, Diego Pardow argumentó a la vez que “el haberse precipitado en una opinión podría comprometer dicha imparcialidad y, nuevamente viendo el ánimo litigioso que en ese momento develaban las comunicaciones de Transelec, podría haber sido invocado por la empresa como un intento de presión. En efecto, de haber hecho un punto de prensa en la situación en que nos encontrábamos, Transelec hubiera podido usar dichas declaraciones en una eventual demanda ante el CIADI (Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones)“.
Aseveró también que, contrario a lo que dicen los diputados en la acusación, la normativa eléctrica no habilita un mecanismo de autodenuncia, y él, en su condición de ministro, no tenía la potestad para intervenir en la auditoría a Transelec que realizó la Comisión Nacional de Energía.
A la vez, consideró “carentes de sustento y calificación jurídica” las sospechas de los diputados acusadores por un “viaje oficial a la República Popular China en marzo de 2025”, dado el caso de que la firma China Southern Power Grid es dueña de casi un tercio de Transelec.
En cuanto al hecho de que se le impute responsabilidad en el error metodológico de las cuentas de luz, Diego Pardow planteó que no contaba con las herramientas para detectarlo ni “las facultades ni técnicas ni legales para modificar el cálculo tarifario de la Comisión Nacional de Energía“.
“Incluso una modificación unilateral habría sido invalidada y posiblemente anulada por la Contraloría General de la República“, complementó.
Añadió que “la doble contabilización del efecto inflacionario generó un sobreprecio teórico acumulado en aproximadamente 115 millones de dólares”, pero, a su juicio, “más del 95% de este monto nunca fue pagado directamente por los consumidores, debido a un mecanismo de diferimiento financiero que encapsuló los cobros en documentos financieros de pago futuro“.
“En consecuencia, solo 2 millones de dólares impactaron efectivamente en las cuentas de luz entre julio y septiembre de 2024, lo que será compensado… El efecto del error metodológico es marginal en el alza de las facturas de luz, y, por tanto, es casi nula su incidencia en el Índice de Precios al Consumidor (IPC)”, adujo.
Una vez recibida la respuesta de Pardow, los integrantes de la comisión tienen un plazo de seis días para revisar el escrito.