
Actualmente, la tasa de desempleo en Chile alcanza el 8,7%, según los datos entregados por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE). Es por ello que muchos necesitan saber cuáles son los beneficios económicos a los que puedes optar si estás cesante.
Estas ayudas consisten en aportes financieros otorgados por el Estado y otros organismos públicos, los cuales están disponibles por un periodo limitado.
Entre las alternativas disponibles, hay beneficios económicos que se entregan de manera automática si cumples con ciertos requisitos, mientras que otros requieren una postulación formal y la presentación de documentos.
Las cuatro beneficios económicos que puedes pedir estando cesante
Fondo de Cesantía
El Fondo de Cesantía Solidario (FCS) ofrece un respaldo económico a los afiliados de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que, al momento de quedar desempleados, no tienen suficiente dinero en su Cuenta Individual de Cesantía o ya han utilizado la totalidad de esos recursos.
Para postular a este beneficio, es necesario que el trabajador haya realizado al menos 12 cotizaciones al FCS en los últimos 24 meses previos al término del contrato. Además, las tres últimas cotizaciones deben haber sido consecutivas y pagadas por el mismo empleador.
Subsidio de Cesantía
Este beneficio entrega un aporte económico diario a quienes se encuentran desempleados, por un período máximo de hasta 360 días.
Está dirigido a trabajadores dependientes tanto del sector público como privado, incluyendo también a las trabajadoras de casa particular.
Para acceder a este subsidio, la persona debe realizar la solicitud correspondiente ante el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) o la Caja de Compensación de Asignación Familiar (CCAF), según la entidad a la que estuviera afiliado su empleador anterior.
Cuenta de ahorro por indemnización
La Cuenta de Ahorro de Indemnización es un beneficio económica que se entrega en caso de quedar cesante. Se trata de una compensación acordada entre el empleador y el trabajador al momento de terminar la relación laboral, y puede reemplazar o complementar la indemnización legal por años de servicio.
Este beneficio aplica únicamente a trabajadores que estén bajo el Código del Trabajo y que hayan permanecido al menos seis años en la misma empresa, con un límite máximo de cobertura de once años.
Seguro de Cesantía
Este beneficio está dirigido a los trabajadores que están afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y cuentan con una Cuenta Individual de Cesantía (CIC). Fue creado especialmente para quienes estuvieron contratados formalmente, ya que una fracción de su sueldo se destinaba mensualmente al financiamiento de este seguro.
A continuación, se detallan las condiciones que deben cumplirse para poder acceder a estos pagos:
Estos son los requisitos para recibir los pagos:
- Estar cesante.
- Haber tenido un contrato regido por el Código del Trabajo.
- Tener cédula nacional chilena.
- Si el beneficiario tuvo contrato indefinido o fue trabajador de casa particular, necesita demostrar 10 cotizaciones.
- Los empleados que tuvieron contrato fijo o por obra necesita demostrar 5 cotizaciones.