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Cómo acreditar cargas familiares para recibir un monto extra en tu aguinaldo de Navidad

Este aporte, que suele reajustarse cada año, busca apoyar a los adultos mayores aliviando el costo de los productos y gastos propios de la Navidad.

El aguinaldo de Navidad para pensionados es un beneficio económico que el Estado entrega cada año en diciembre a quienes reciben pensiones del sistema público, como una ayuda adicional para enfrentar los gastos propios de las celebraciones de fin de año.

Este aporte, que suele reajustarse anualmente, busca apoyar a los adultos mayores y a otros beneficiarios con ingresos fijos, aliviando el costo de productos navideños y fortaleciendo su bienestar durante una fecha que implica mayores desembolsos.

Según el Instituto de Previsión Social, el monto base a recibir es de $29.055, el cual aumentará en $16.415 por cada carga familiar que tengas acreditada al 30 de noviembre de 2025.

Cómo acreditar cargas familiares para recibir un monto extra en tu aguinaldo de Navidad

Tendrán este tradicional beneficio de diciembre todas las personas que, al 30 de noviembre de 2025, estén recibiendo una pensión otorgada por alguna de las siguientes instituciones o normativas.

  • Instituto de Previsión Social (sirve la Pensión Garantizada Universal o la Pensión Básica Solidaria de Invalidez).
  • Ex caja de previsión o el ex Servicio de Seguro Social.
  • Por un accidente del trabajo (Ley 16.744), a cargo de una mutualidad de empleadores o del Instituto de Seguridad Laboral.
  • De reparación: Ley 19.123 (Rettig) y Ley 19.992 (Valech).
  • De una AFP o compañía de seguro con garantía estatal, o Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez).
  • De la Dirección de Carabineros de Chile (Dipreca) o de la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (Capredena).

La fecha máxima para registrar a la carga familiar es el 30 de noviembre. Si la inscripción se realiza después de ese día, el monto adicional sólo se verá reflejado en el proceso del aguinaldo navideño de 2026.

La validación de la carga debe gestionarse en la Caja de Compensación, AFP o en el Instituto de Previsión Social, según corresponda a la institución que administra la Asignación Familiar de cada persona.

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