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3 de Mayo de 2017

Demandas colectivas contra el Crédito con Aval del Estado reúnen a más de 1.200 personas

Según el abogado patrocinante, lo que se busca es alcanzar un acuerdo con los bancos para cobrar “lo que corresponde”.

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El grupo Deuda Educativa representa judicialmente a cera de 1.200 personas, quienes determinaron demandara civilmente a un grupo de bancos, a raíz del Crédito con Aval del Estado (CAE).

Scotiabank, Falabella, BancoEstado, BCI y Santander enfrentan seis demandas colectivas, de las cuales cinco ya son admisibles según publica La Tercera.

El coordinador nacional de Deuda Educativa, Juan Pablo Rojas, afirmó que estas personas determinaron demandar a estas instituciones financieras “por cláusulas abusivas, de acuerdo a lo que señala la ley del Sernac financiero y de protección de derechos del consumidor”.

Uno de los objetivos es que se declaren como abusivas algunas cláusulas consideradas abusivas, las que no sufrieron cambio alguno desde la entrada en vigencia del Sernac financiero. “Los bancos tuvieron un plazo para reformar sus contratos a las nuevas leyes y no lo hicieron. Por eso, es posible que al banco se le caiga el derecho que tiene de usar el contrato como instrumento de cobro y que, en definitiva, no pueda cobrar el préstamo”, afirmó Rojas.

Uno de estos ejemplos sería que “el contrato contiene mandatos en blanco que luego el banco llena. Y en los contratos de adhesión eso está prohibido. Esto contiene un vicio de contrato que contiene ilegalidades”, estableció el coordinador de Deuda Educativa.

Belisario Prats, abogado patrocinante de los demandantes, afirmó que la cláusula recién mencionada establece que cuando alguien que debe el CAE incurre en morosidad, “el banco puede completar el pagaré por montos que pueden ser hasta por el triple. La mayoría de las personas demandadas por los bancos, sus pagarés se llenan por el triple del monto originalmente autorizado”.

Prats concluyó que su estudio jurídico busca que “se anulen las cláusulas abusivas y llegar a un acuerdo con los bancos para que se cobre lo que corresponde”. En todo caso, el jurista explicó que si se anulan cláusulas del contrato “también aspiramos a que el contrato entero se anule. La ley del consumidor dice que si se derogan cláusulas, hay que evaluar si la nulidad de esos términos genera la nulidad del contrato completo. Así, no hay deuda. Pero son etapas”.

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