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18 de Febrero de 2019

Contraloría ordena restituir a alto funcionario de la Junji desvinculado por ministra Cubillos

Según se detalla en la resolución, "se deberá regularizar la situación del interesado, dejando sin efecto la resolución exenta" y se le tendrán que pagar "las remuneraciones correspondientes al tiempo durante el cual éste se vio separado de sus labores".

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El 27 de septiembre de 2018 se decidió poner término al vínculo laboral que unía a Mauricio Caramori Castro, ex jefe de la Unidad de Auditoría Interna (Grado 5), con la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji). Esto, según manisfestó Caramori a la Contraloría Regional Metropolitana de Santiago, debido a una “solicitud de la Ministra de Educación (Marcela Cubillos), y que se efectuó de manera telefónica, sin contar con una causal que lo justifique ni un acto administrativo que lo disponga, lo cual considera un maltrato laboral”.

Con respecto a las razones de dicha decisión, desde la Junji informaron a la Contraloría que éstas apuntaban a una “reformulación de la unidad en donde aquel se desempeñaba”. Sin embargo, el ex jefe de Auditoría Interna afirmó que “no ha existido modificación alguna a las funciones asignadas a la unidad que dirigía ni reestructuración del organigrama institucional”.

De hecho, en la resolución que emitió la Contraloría, se explica que es objetable el argumento de la Junji que alude a que “se estudiarán e implementarán modificaciones en las funciones y una reestructuración en materia de personal de acuerdo a las nuevas políticas a instaurar” ¿Por qué? Porque se “limitan a hacer referencia a una circunstancia futura, eventual e hipotética, sin contener los razonamientos y los antecedentes de hecho y derecho que sirven de sustento a determinaciones de esta especie”.

Adicionalmente, desde la Controlaría señalaron que, si bien cuando una contrata o su prórroga ha sido dispuesta bajo la consigna “mientras sean necesarios sus servicios”, como sucede en este caso, la autoridad puede ponerle término cuando lo estime conveniente, esto sólo puede hacerse siempre y cuando se “materialice a través de un acto administrativo fundado”.

En vista de ello, la Contraloría determinó que la Junji “deberá regularizar la situación del interesado, dejando sin efecto la resolución exenta N°110790/972/2018, de 2018 y pagándole las remuneraciones correspondientes al tiempo durante el cual éste se vio separado de sus labores”.

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