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1 de Diciembre de 2022

Silala: presidente de Bolivia destaca que La Haya “resolvió la controversia con un pueblo hermano”

“Continuaremos esta labor en beneficio de los pueblos”, aseguró Arce a través de sus redes sociales.

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AGENCIA UNO/ARCHIVO
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El presidente Luis Arce destacó el fallo de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) porque ratifica los derechos de Bolivia “sobre las aguas del Silala” y la “soberanía sobre el desmantelamiento de los canales artificiales” construidos para transportar las aguas hacia Chile.

“La Corte Internacional de Justicia ratifica nuestros derechos sobre las aguas del Silala y nuestra soberanía sobre el desmantelamiento de los canales artificiales”, escribió el jefe de Estado en sus redes sociales luego de conocer el dictamen del tribunal leído por su presidenta, la jueza estadounidense Joan E. Donoghue.

El dignatario destacó que “Bolivia resolvió la controversia con un pueblo hermano gracias al trabajo basado en estudios científicos y a nuestra estrategia de relaciones internacionales”.

“Continuaremos esta labor en beneficio de los pueblos”, aseguró Arce a través de sus redes sociales.

El proceso iniciado por Chile en contra de Bolivia, en 2016, concluyó este jueves con la lectura de la sentencia del caso titulado “Disputa sobre el estatus y uso de las aguas del Silala”. 

El fallo consignó el rechazo a las cinco peticiones formuladas por Chile en su demanda y a las tres solicitudes hechas por Bolivia en su contrademanda, durante el proceso que se extendió por seis años.

Sin embargo, el tribunal reconoció los derechos de Bolivia al establecer que “en virtud de las normas del derecho internacional consuetudinario sobre el uso de los cursos de agua internacionales que se aplican al Silala, Bolivia y Chile tienen derecho a una utilización equitativa y razonable de las aguas del Silala”.

“No hay duda respecto a que el Silala es un curso de agua internacional”, declaró la jueza Joan Donoghue, presidenta de la Corte, además de puntualizar que no se requirió de su pronunciamiento, producto del acuerdo de ambas partes en la fase previa de alegatos. 

 

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