Uno de los principales artículos de la reforma constitucional de seguridad promovida por el Gobierno de José Antonio Kast es la restricción de derechos sociales a condenados por crimen organizado, lo que podría terminar afectando a los militares vinculados a casos de violaciones de derechos humanos en dictadura.
Según explicó el senador Pedro Araya (PPD), presidente de la Comisión de Constitución, los ex uniformados que fueron parte de organismos represivos como la DINA y CNI además fueron condenados por el delito de asociación ilícita, el mismo tipo penal utilizado para perseguir el crimen organizado.
Desde 2024, los delitos vinculados al crimen organizado se expandieron a otros ilícitos como asociaciones criminales; asociación ilícita en el marco de Ley de Drogas, para lavado de activos y tráfico de migrantes; además de asociación delictiva, consignó La Tercera.
“Creo que el presidente Kast está pésimamente asesorado en materia de seguridad. A ratos da la impresión de que estos proyectos los están redactando con la versión gratis de un chat de inteligencia artificial y sin que nadie se dé la pega de revisarlos bien. De partida, alguien debería explicarles que el crimen organizado no es un delito en sí mismo, sino un concepto que sirve para describir ciertos fenómenos criminales. En materia penal no da lo mismo cómo se escriben las cosas: si se van a restringir derechos o aumentar sanciones, hay que dejar claro qué conductas y qué personas van a quedar afectadas”, argumentó el senador Araya.
En esta línea, el legislador de oposición planteó que bajo ese rótulo “perfectamente podría terminar clasificándose como crimen organizado un caso de criminalidad económica como Sartor y aplicarles las mismas medidas que hoy están pensando para bandas dedicadas al narcotráfico u otros delitos graves. Quizás no sea eso lo que tienen en mente, pero las leyes no se aplican según lo que quiso decir el gobierno, sino según lo que finalmente quedó escrito”.
Una postura similar evidenció el diputado Marcos Barraza (PC), parte de la Comisión de Constitución de la Cámara Baja: “Si el Gobierno quiere tener un listado de organizaciones criminales, de partida tiene que definir qué es una organización criminal y tiene esto tiene que tener un control judicial. No es una definición política y administrativa. Los tribunales de justicia lograron establecer que agentes del Estado en el pasado operaron con lógicas de crimen organizado”.
Casos emblemáticos de DDHH bajo figura de asociación ilícita
Una serie de fallos emblemáticos vinculados a violaciones a los derechos humanos utilizan la figura de asociación ilícita, en especial para referirse a las cúpulas de la DINA y la CNI, como ocurrió con los homicidios de Carmelo Soria y Carlos Prats.
En aquella oportunidad, la Corte Suprema determinó que “hubo una agrupación criminal en la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), condenándose a sus jefes”, entre los que está Pedro Espinoza Bravo, Raúl Iturriaga Neumann y Juan Morales Salgado.
“Que las reflexiones anteriores, conducen a calificar los hechos comprobados como constitutivos del delito de asociación ilícita, descartándose especialmente la defensa consistente en que la orgánica del Ejército cercena la posibilidad de constituir una asociación criminal entre miembros de sus filas, desde que concurren en tales sucesos todos los elementos del injusto en cuestión”, precisa el máximo tribunal en su fallo de agosto de 2023.
Respecto a los integrantes de la plana mayor de la CNI, entre los que destaca Alvaro Corbalán, el Poder Judicial planteó que se trata de una “colectividad delictiva, cuyo método es penalmente antijurídico, en el que las relaciones entre los componentes del sistema, en particular las personas, se hallan funcionalmente vinculadas para fines criminales (…) Así, la asociación criminal comprende todos los supuestos en que dos o más sujetos elaboran en común un proyecto delictivo, conforme con un programa criminal o medios eficientes para desarrollarlo, más allá del simple acuerdo de voluntades”.
Ante esta situación, el ministro Martín Arrau puntualizó a CNN Chile que para esto ocurra, el presidente de la República debe declarar a la CNI y a la DINA como agrupaciones de crimen organizado.
“Si la organización a la que pertenece está en este listado y se condena, va a entrar en esta lógica, por supuesto”, indicó Arrau.