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19 de Marzo de 2024

Extienden plazo para solicitar la nacionalidad española por la Ley de Nietos

La medida entró en vigencia en octubre del 2022 y ha beneficiado a más de 69 mil personas en todo el mundo.

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En Chile, el número de solicitantes que buscan acogerse a esta ley, asciende a más de 7.500 personas. AGENCIA UNO/ ARCHIVO
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El ministro de Política Territorial y Memoria Democrática de España, Ángel Víctor Torres, anunció la prórroga, hasta octubre de 2025, de la denominada Ley de Nietos que permite tramitar la nacionalidad española a extranjeros descendientes de españoles que hayan sido exiliados por la guerra civil y la dictadura franquista.

La medida entró en vigencia en octubre del 2022 y ha beneficiado a más de 69 mil personas en todo el mundo, quienes han podido recuperar el vínculo perdido con el país de sus ancestros y acceder a los mismos beneficios y derechos que los nacionales de la Comunidad Europea.

La extensión del plazo, según Melanie Moraga, abogada especialista en Derecho Migratorio y Extranjería Española por la Universidad Pompeu Fabra e integrante del estudio Jurídico Chilenos a España, se debe a la alta demanda, la lentitud del proceso y la capacidad que tienen las oficinas de recibir todas las solicitudes de los interesados.

“En algunos consulados ya se estaban agendando citas pasada la fecha inicial, el 21 de octubre de 2024. Entonces, no estaban dando abasto para satisfacer la gran cantidad de peticiones”, explicó la experta.

En Chile, el número de solicitantes que buscan acogerse a la Ley de Memoria Democrática (Ley 20/2022), asciende a más de 7.500 personas.

Debido a lo anterior, para Moraga, la prórroga es una ayuda directa para los postulantes, ya que “cuentan con un año más para buscar de buena forma la documentación, hacer las rectificaciones necesarias y recopilar documentos en España que probablemente muchas familias aún no encuentran”.

Tips para obtener la nacionalidad en España

La abogada que se dedica a asesorar chilenos que iniciaron su proceso en el país europeo, aseguró que para no fallar en el intento es necesario cumplir a cabalidad con los plazos y requisitos, puesto que “los mayores de 20 años, una vez terminada esta ley, no van a poder hacer su solicitud”, afirmó.

Asimismo, la profesional recomendó que los documentos presentados tengan menos de un año de expedición y que cada persona acuda a su cita en el consulado con una carpeta de documentos con las versiones originales y copias.

Cumplir con lo anterior sería fundamental para no perder la hora y no tener que cumplir posteriormente con requerimientos o, en el peor de los casos, quedar bloqueado del sistema.

Recordemos que para obtener el beneficio mediante esta normativa, se tiene que estar dentro de alguno de los siguientes grupos:

Nacidos fuera de España de padre, madre o abuelo/abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad.

  • Hijos e hijas nacidos en el exterior de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
  • Hijos o hijas mayores de edad de quienes obtuvieron la nacionalidad española a través de la Ley de Nietos o la anterior Ley de Memoria Histórica de 2007.

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