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6 de Febrero de 2013

Aguas Andinas enfrenta multas de $550 millones tras masivo corte de suministro del 22 de enero

Según la investigación de la Superintendencia de Servicios Sanitarios el corte del suministro de agua fue inevitable, sin embargo "no fue avisado en forma clara y oportuna a los usuarios y las medidas de mitigación fueron deficientes".

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Tras el corte no programado de agua que afectó a 21 comunas de la Región Metropolitana el pasado 22 de enero, este miércoles, la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS) dio a conocer a través de un comunicado las conclusiones de su investigación sumaria, apuntando que la empresa arriesga una multa de hasta $550 millones o 1.150 UTA.

Asimismo la investigación detalla los antecedentes y fundamentos para formular a Aguas Andinas los cargos por deficiencias en de la calidad de servicio entregada a los usuarios por la actuación del prestador en la emergencia; afectación a la generalidad de los usuarios; sumado a infracciones cometidas por el no acatamiento de obligaciones y plazos, así como de ordenes escritas y requerimientos fijados por la Superintendencia, consigna el DF.

La investigación además estableció que, debido a los niveles de turbiedad del agua en el Río Maipo producto de los aluviones del día 21, resultaba necesario paralizar las plantas de tratamiento de agua potable Las Vizcachas, La Florida y Padre Hurtado.

En este sentido, a juicio de la SISS, no existen reparos de cara a la decisión tomada por la empresa de cortar el suministro del vital elemento. No obstante, agregaron que hubo deficiencias respecto de la entrega de un aviso claro y oportuno a las autoridades y clientes, y en relación con la atención a los usuarios y a las medidas de mitigación durante al emergencia, cuestión que justifica la formulación de los cargos.

Tras la entrega de este informe, se ha dado el vamos al Procedimiento de Sanción que considera que Aguas Andinas tendrá un plazo de 10 días para presentar sus descargos y las pruebas que considere necesarias, luego de ello la resolución administrativa que determina las sanciones, podría concluir en un plazo no mayor a 3 meses, esto sin perjuicio de que ésta pueda ser impugnada en los tribunales de Justicia.

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