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Fallo histórico: Escritora de 100 años queda exenta de contribuciones tras juicio contra el SII

La resolución puso término a un proceso de análisis que se extendió por cerca de cinco meses, debido a la complejidad del caso.

Durante la jornada de este martes, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió el recurso de protección interpuesto por Marina Latorre, escritora y gestora cultural de 100 años, y determinó eximirla del pago de contribuciones, en el marco de una disputa judicial con el Servicio de Impuestos Internos (SII) por una elevada deuda acumulada.

La resolución puso término a un proceso de análisis que se extendió por cerca de cinco meses, debido a la complejidad del caso.

De acuerdo con lo informado por Emol, el inmueble de Latorre había estado en riesgo de embargo por parte del Fisco a raíz del no pago del impuesto territorial, medida que finalmente no se concretará tras el fallo del tribunal de alzada.

En su dictamen, la Corte realizó una interpretación distinta de la normativa vigente que regula los beneficios en el pago de contribuciones para personas mayores, incorporando además estándares de derechos humanos contenidos en la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores.

De esta manera, el tribunal acogió la acción constitucional, dejó sin efecto los cobros realizados por el SII y liberó a la contribuyente del pago del gravamen territorial.

La legislación actual establece que pueden acceder a beneficios en el pago de contribuciones las mujeres desde los 60 años y los hombres desde los 65, siempre que el inmueble sea destinado a uso habitacional. Marina Latorre, con 100 años, cumple ampliamente con el requisito etario.

Para acceder a una rebaja del 100% del impuesto, los ingresos anuales deben ser iguales o inferiores a 13,5 UTA, equivalentes a aproximadamente $11,2 millones. En tanto, una rebaja del 50% se aplica a quienes perciban ingresos superiores a ese monto y no excedan las 30 UTA, cerca de $25,1 millones anuales. En el caso de Latorre, su único ingreso corresponde a la Pensión Garantizada Universal (PGU).

A estos requisitos se suma una condición adicional, que el avalúo fiscal del inmueble no supere los $215 millones, cifra vigente desde el 1 de julio de 2024. Este fue el principal obstáculo, ya que la propiedad de la escritora fue tasada en $304 millones, lo que hasta ahora había impedido el acceso al beneficio bajo el criterio aplicado por el SII.

No obstante, la Corte estimó que estos requisitos no deben cumplirse de forma copulativa. En el fallo se indica que los elementos esenciales del beneficio son la edad del contribuyente, su nivel de ingresos y el uso habitacional del inmueble, mientras que el avalúo fiscal constituye un requisito adjetivo y no esencial, que solo fija un límite cuantitativo por razones de política fiscal.

Durante el juicio también se acreditó que Marina Latorre es beneficiaria de la PGU, recibe ingresos mensuales por $426.000 y se encuentra inscrita en el Registro Social de Hogares dentro del 40% de mayor vulnerabilidad socioeconómica.

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