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18 de Julio de 2019

Corte confirma multa contra Canal 13 por capítulo de “Contra viento y marea”

La justicia sancionó a la señal luego que el programa conducido por Pancho Saavedra mostrara los resultados de un examen de ADN de una niña de un año.

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La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó una resolución del Consejo Nacional de Televisión (CNTV), la que sancionó a Canal 13 a pagar una multa de 200 UF (más de $5 millones) por un capítulo del programa “Contra viento y marea”, el que es conducido por Pancho Saavedra.

En su fallo, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras María Soledad Melo, Jessica González y el abogado (i) Jorge Norambuena– desestimó la apelación de la señal y confirmó la sanción.

El episodio de la controversia se emitió el 21 de octubre pasado y en él se mostró en cámara el resultado de un examen de ADN realizado a una niña de un año.

En su resolución, la Corte señaló que en las normas generales sobre contenidos de televisión queda establecido que “se prohíbe la divulgación de la identidad de menores de 18 años que sean autores, cómplices, encubridores o testigos de delitos, o de cualquier otro antecedente que conduzca inequívocamente a ella. Esta prohibición regirá también respecto de niños y niñas que sean presuntas víctimas de delitos y de niños y niñas cuya exhibición en televisión, atendido el contexto, pueda redundar en un daño a su desarrollo o a su integridad física o psíquica”.

“La situación que se sanciona, contraría la prohibición expresa contenida en el artículo 8° de las Normas Generales sobre Contenido de las Emisiones de Televisión, infracción formal que sustenta la multa impuesta. En este orden de ideas cabe señalar que la emisión de la escena cuestionada en los términos constatados por el CNTV, no solo infringe las normas del correcto funcionamiento de los servicios de televisión, sino importa también una infracción a las disposiciones de la Convención Internacional de los Derechos del Niño que el Estado de Chile está obligado a amparar y proteger”, expresó.

El tribunal argumentó que “la exhibición del procedimiento en el que se tomaba un examen de ADN a una niña de 1 año de edad, mostrando su imagen, vulnera el interés superior de la niña, consagrado en el orden nacional e internacional, toda vez que aparece expuesta, aunque por breves momentos, al público observador del programa, vulnerándose de esta forma, la dignidad de esa niña, que es el cimiento y base de sus derechos fundamentales”.

El espacio conducido por Pancho Saavedra busca cumplir el sueño de parejas que tienen diversos problemas que les impiden casarse. Hace algunas semanas estrenó su nueva temporada con emotivas historias.

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