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Bono al Trabajo de la Mujer: conoce el monto y la fecha de pago de febrero

Este subsidio busca fomentar la inclusión laboral de las mujeres y reducir las brechas salariales y de oportunidades en el trabajo.

El Bono al Trabajo de la Mujer (BTM) es una ayuda económica del Gobierno dirigida a mujeres de entre 25 y 59 años que trabajen, mientras que el pago es mensual o anual, como decida la beneficiada.

Su objetivo es promover la participación laboral femenina y apoyar económicamente quienes cumplan con ciertos requisitos, como tener ingresos dentro de un rango determinado.

Este subsidio busca fomentar la inclusión laboral de las mujeres y reducir las brechas salariales y de oportunidades en el trabajo.

En cuanto al monto del bono, este varía según el ingreso de la beneficiaria y es entregado anual o mensualmente.

Cuáles son los requisitos para postular al BTM

  • Edad: Tener entre 25 y 59 años.
  • Ocupación: Estar trabajando de forma dependiente (contrato de trabajo) o independiente (emitiendo boletas de honorarios).
  • Vulnerabilidad: Estar en el 40% de la población más vulnerable según el Registro Social de Hogares (RSH).
  • Renta: Para el pago anual, tener una renta bruta anual inferior a $7.627.812. Para el pago mensual, tener una renta bruta mensual menor a $635.651.
  • Cotizaciones: Tener las cotizaciones previsionales y de salud al día.
  • Condiciones de empleo: No trabajar en una institución del Estado ni en una empresa privada que reciba un aporte estatal igual o superior al 50%.
  • Beneficios: No ser beneficiaria del Ingreso Mínimo Garantizado.
  • Trabajadoras independientes: Deberán emitir boletas de honorarios y realizar la Declaración de Renta anualmente.

Monto que entrega el Bono al Trabajo de la Mujer

El monto mensual se calcula en base a las rentas brutas de cada beneficiaria, y entrega una cifra máxima de $42.377 pesos aproximadamente.

Calendario de pago del Bono al Trabajo de la Mujer 2025

  • Febrero: Viernes 28 (según la renta percibida en noviembre de 2024).
  • Marzo: Lunes 31 (según la renta percibida en diciembre de 2024).
  • Abril: Miércoles 30 (según la renta percibida en enero de 2025).
  • Mayo: Viernes 30 (según la renta percibida en febrero).
  • Junio: Lunes 30 (según la renta percibida en marzo).
  • Julio: Jueves 31 (según la renta percibida en abril).
  • Agosto: Viernes 29 (según la renta percibida en mayo).
  • Septiembre: Martes 30 (según la renta percibida en junio).
  • Octubre: Jueves 30 (según la renta percibida en julio).
  • Noviembre: Viernes 28 (según la renta percibida en agosto).
  • Diciembre: Miércoles 31 (según la renta percibida en septiembre).

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